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Corte Suprema

VARGAS JUAN JOSE Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales alcanzados por el decreto de necesidad y urgencia 679/97. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó parcialmente las sentencias apeladas y declaró la inconstitucionalidad de ese decreto, remitiendo a los fundamentos del precedente Pino.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 045471/2014/CS001
Decreto de necesidad y urgencia 679/97 Inconstitucionalidad Haberes previsionales Personal militar Fuerzas de seguridad Reajuste previsional Recurso extraordinario Precedente pino Seguridad social Corte suprema

¿Quién es el actor?

Juan José Vargas y otros (causa principal), junto con Eladio Portillo y otros, Marcos Cristaldo y otros, Rita Gabina Barrios y otro, Carlos Alberto Avendaño y otros, y Marcial Héctor Velardes y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad y otro; en el caso de Barrios, Estado Nacional - Ministerio de Seguridad - Gendarmería Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, cuestionando la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 679/97.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó parcialmente las sentencias apeladas, declaró la inconstitucionalidad del decreto 679/97 y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo expresado, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en el precedente 'Pino' (Fallos: 344:2690), a cuyas consideraciones y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios; su sustento es la remisión al precedente "Pino".

Normas que cita

  • Decreto 679

Fallos que cita

  • PinoCSJN · Fallos 344:2690

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