BERTOLI GRACIELA VERÓNICA C/ MARTÍNEZ SILVIA INÉS y otro/a S/ DESPIDO
La trabajadora Graciela Veronica Bertoli demandó a Silvia Ines Martinez y Hector Marcelo Montoya por despido indirecto, falta de registración y falta de pago de haberes y rubros indemnizatorios. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda, condenó solidariamente a las demandadas por $13.977.145,61 y declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802, aplicando el IPC con más 3% anual.
¿Quién es el actor?
Graciela Veronica Bertoli.
¿A quién se demanda?
Hector Marcelo Montoya y Silvia Ines Martinez, rebeldes en el proceso.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de créditos laborales derivados de una relación de trabajo no registrada, con reclamo de $35.461.452.
¿Qué se resolvió?
se tuvo por acreditada la relación laboral (temporadas 2022/2023 y 2023/2024, y contrato por tiempo indeterminado desde el 1/12/2024 hasta el 6/10/2025), la mejor remuneración mensual de $1.599.154,76 con incidencia del SAC, y la justa causa del despido indirecto por falta de pago y de registración. Se condenó solidariamente a las demandadas al pago de $13.977.145,61 por indemnización por despido, preaviso, haberes adeudados, días trabajados e integración, SAC, vacaciones proporcionales y sanción del art. 67 de la Ley 15.057. Se rechazó la inconstitucionalidad de la Ley 27.742 y se rechazaron las indemnizaciones de los arts. 80 LCT, 2 Ley 25.323, 8 y 15 Ley 24.013 y 132 bis LCT, por encontrarse derogadas.
Actualización: la mayoría de la sentencia (Dras. Gómez y Moscuzza en su voto con idéntico alcance, y la Dra. Sallette) declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802 y dispuso actualizar el crédito por IPC con más 3% anual, con un total de $18.381.776,42 al 22/09/2026. Esta solución se adopta por unanimidad en la parte resolutiva, aunque la Dra. Moscuzza fundó su voto en el art. 16 CN y otros principios, y la Dra. Sallette fundó la declaración de oficio en la especial tutela constitucional del crédito laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 en cuanto establece limitaciones a la actualización de los créditos laborales en juicios en trámite."
"Cabe destacar, que el crédito del trabajador goza de especial tutela constitucional, derivada de lo dispuesto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, lo que impone asegurar una protección efectiva del trabajo y de las acreencias derivadas de la relación laboral."
"En relación a la actualización del crédito laboral, a partir de la entrada en vigencia de la ley 27.802 (P.B.O 6/03/26), el art. 54 de dicha ley, sustituye el art. 276 de la ley 20.774."
"Atento que la Ley 27.742 ... es temporalmente aplicable en autos ... al momento de la extinción del vínculo laboral, las leyes mencionadas ya habían sido derogadas, encontrándose en plena vigencia la ley 27.742."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.742Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos
- Ley 25.323Contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.