TELECOM PERSONAL S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE ROLDAN s/recurso contencioso administrativo
Telecom Personal S.A. cuestionó una tasa municipal de Roldán por falta de publicación oficial de las ordenanzas que la establecían, planteo que la justicia provincial había desestimado por considerar que la empresa conocía su contenido. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Telecom Personal S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Roldán (Provincia de Santa Fe).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de tasas municipales cobradas en base a ordenanzas que, según la actora, no fueron debidamente publicadas.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, con costas, devolviendo las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Según el dictamen de la Procuradora Fiscal, compartido por el Tribunal, la corte provincial se limitó a afirmaciones dogmáticas sin analizar las circunstancias del caso ni la doctrina de la Corte invocada por la empresa (precedente "Municipalidad de Berazategui", del 27 de setiembre de 2018). Se sostiene que "el requisito de publicación oficial arraiga en los arts. 4°, 17, 52 y 75, incs. 1° y 2°, de la Constitución Nacional, en virtud de que allí se plasma el principio de reserva de ley en materia tributaria". Asimismo, la notificación personal de las ordenanzas, o el conocimiento que la empresa pudiera tener por otros procesos judiciales, "no suple la ausencia de publicación oficial válida" de la norma que establece el tributo. El doctor Rosatti agrega, en su voto, que dichas circunstancias "no suplen la ausencia de publicación oficial a tenor de los principios constitucionales involucrados, que la máxima instancia local omitió examinar".
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