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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - BARLETTA, NILDA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Corte Suprema admitió la queja de la ANSeS y declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario en un reclamo de reajuste de haberes previsionales de Nilda Barletta. El Tribunal revocó la sentencia apelada remitiendo a los fundamentos del precedente Dieguez sobre la inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, y declaró inadmisibles las restantes objeciones constitucionales por aplicación del art. 280 del CPCCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMP 001991/2015/1/RH001
Recurso de queja Reajuste de haberes Anses Inconstitucionalidad Art. 25 ley 24.241 Precedente dieguez Art. 280 cpccn Seguridad social Movilidad jubilatoria Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Nilda Barletta.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible la queja, parcialmente procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Dieguez" (Fallos: 338:1009). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios, vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, encuentran adecuada respuesta en los fundamentos dados por el Tribunal en el precedente 'Dieguez' (Fallos: 338:1009), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que las restantes objeciones del organismo previsional referentes a la validez constitucional de los arts. 9° de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa "Vidal", Fallos: 344:3156).

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