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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - AGUIRRE, JAVIER c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Las quejas por denegación de recursos extraordinarios de Galeno ART S.A. vinculadas con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fueron declaradas admisibles. La Corte Suprema dejó sin efecto las sentencias apeladas por remisión al precedente Fontaine y ordenó dictar nuevos pronunciamientos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 066385/2016/1/RH001
Recurso extraordinario Queja Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Acta 2764/2022 Camara nacional de apelaciones del trabajo Galeno art Precedente fontaine Indemnizacion laboral Nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Javier Aguirre y otros actores en causas conexas (Héctor Gerardo Albornoz, Norberto Rogelio Bordón, Carlos Daniel Bowvin, Gabriel Alejandro Calixto, Gisela Marina Campos, Hernán Nicolás Ceballos, Sabrina Belén Costilla, Roque Fabián Fernández, Lucas David Gallardo, Héctor Javier Gauto Melgarejo, Luis Alberto Pereyra, Pablo Andrés Quiñones, Ricardo Baltazar Santos Pereira, Daniel Fabián Tapia).

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (en algunas causas también Gontax SRL, Air Computer SRL y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de accidentes y enfermedades del trabajo (Ley de Riesgos del Trabajo) y, en una causa, despido.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas, con costas por su orden, ordenando nuevos pronunciamientos conforme al criterio fijado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los cuestionamientos de la apelante vinculados con la aplicación del acta 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Fontaine' (Fallos: 347:472), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

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