PROVINCIA DEL CHUBUT c/ ALVAREZ, OTELO s/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la Provincia del Chubut, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina sentada en Price.
¿Quién es el actor?
Provincia del Chubut (representada por su Procurador General, Dr. Jorge Luis Miquelarena).
¿A quién se demanda?
Otelo Álvarez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación extraordinaria promovida por la Provincia contra la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, previamente intervenido por el Juez Unipersonal de Esquel.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario federal y se revocó la sentencia apelada, remitiendo la causa para que se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina de "Price" (Fallos 344:1952).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Según el considerando de los votos, las cuestiones debatidas son sustancialmente análogas a las resueltas en "Price", a cuyos fundamentos se remite por razones de brevedad. El voto del Presidente, Dr. Horacio Rosatti, se remite a las consideraciones de "Seccional Cuarta" (Fallos 347:905), aplicables en lo pertinente. Los fundamentos concretos no se transcriben en el texto recibido, por lo que la doctrina aplicable debe consultarse en los precedentes citados.
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