JurisprudenciaARG
Primera Instancia

SOSA FERNANDO DANIEL C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor reclamó la reparación económica por las secuelas incapacitantes en muñeca izquierda derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 06/07/2022, con actualización monetaria y aplicación del RIPTE conforme la Ley 24.557 y la Ley 26.773. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Asociart ART S.A. al pago de $ 9.609.500 con intereses a tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de incumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
26237
Accidente de trabajo Incapacidad laboral permanente Ley 24.557 Ley 26.773 Ley 27.348 Ripte Tasa activa Inconstitucionalidad sobreviniente Ley 23.928 Primera instancia

¿Quién es el actor?

Fernando Daniel Sosa, trabajador que sufrió un accidente de trabajo el 06/07/2022 mientras desarmaba una máquina, al impactar su brazo y muñeca izquierda contra un barral.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación económica por la minusvalía sufrida, con actualización monetaria, aplicación del RIPTE, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda, rechazó las defensas de la demandada y condenó a Asociart ART S.A. a abonar $ 9.609.500 en el plazo de diez días desde la notificación, con intereses a tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de incumplimiento. Impuso las costas a la demandada y declaró abstracta la cuestión constitucional relativa a la tabla de incapacidades y baremos (art. 9 Ley 26.773), rechazando el planteo por no advertir agravio constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...verificado que la parte actora tenía capacidad plena previo al siniestro de autos (la demandada no probó y ni siquiera esgrimió en contrario) y que actualmente padece de secuela física (secuelas en muñeca izquierda) valoradas en el 5,4% sobre la total obrera en relación causal laboral, incluyendo factores de ponderación. Por pericia psicológica no se reconoció incapacidad. El IBM aplicable al caso de autos, se fijó en $ 372.189,60."

"...el cálculo con tasa activa digital es superior al mínimo proporcional, por lo que propongo ratificar la constitucionalidad del art. 11 ley 27348."

Se aplicó el criterio de razonabilidad del caso "Barrios" (SCBA), comparando el cálculo legal con tasa activa frente al cálculo con mínimos proporcionales de la LRT, concluyendo que el primero resulta superior. Se citó la doctrina del caso "Godon" (SCBA Ac. 2078) respecto de la aplicación del RIPTE sobre mínimos.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.