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Primera Instancia

MORALES JUAN EMILIO C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo a su aseguradora de riesgos del trabajo reclamando la indemnización tarifada por incapacidad física derivada de una caída ocurrida el 20/01/2021. El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lomas de Zamora hizo lugar a la demanda por $ 35.033.525,13, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348 y del DNU 669/2019, y rechazó el reclamo por incapacidad psicológica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
24024
Accidente de trabajo Riesgos del trabajo Incapacidad permanente parcial Indemnizacion tarifada Inconstitucionalidad Dnu 669/2019 Art. 11 ley 27.348 Vizzoti Barrios Costas.

¿Quién es el actor?

MORALES JUAN EMILIO, trabajador de Organización Courier Argentina S.A. (OCASA), con categoría "operador de servicios".

¿A quién se demanda?

EXPERTA A.R.T. S.A., aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral permanente parcial derivada del accidente de trabajo sufrido el 20/01/2021, con inconstitucionalidades planteadas contra la normativa de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

se desestimó la excepción de falta de acción y se hizo lugar a la demanda por la incapacidad física, fijada en el 25,53% de la total obrera (incluyendo factores de ponderación). Se rechazó el reclamo por incapacidad psicológica. Se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del DNU 669/2019 y del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348, utilizando como base el piso mínimo vigente, y se rechazaron por abstractos los planteos genéricos sobre la normativa de riesgos del trabajo. Se impusieron costas a la demandada con limitación del 25% conforme doctrina "Zuccoli", y se rechazó la inconstitucionalidad de la ley 24.432.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tomando en consideración que la formula prevista en el art. 14 ap. 2 a) de la ley 24.557 contempla el menoscabo de la actividad productiva, es decir, la pérdida de ganancias futuras del trabajador por la incapacidad laborativa, no puedo dejar de señalar que el importe resultante de aplicar literalmente las prescripciones del texto de la ley 24.557 (TO ley 26.773), en la especie, resulta insuficiente e irrazonable para reparar las secuelas incapacitantes acreditadas, afectando dignidad de la persona y el derecho de propiedad del trabajador como sujeto de preferente tutela constitucional (CSJN, 'Vizzoti', 2004)."

"Frente al escenario descripto, considero que una respuesta razonable y equitativa en la especie, consiste en declarar la inconstitucionalidad del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348 (arts. 14 bis, 16, CN y art. 39 CP) y su inaplicabilidad a los presentes obrados; utilizando en su reemplazo el resultado del piso mínimo actual de $ 29.194.604,28 para la incapacidad que porta el trabajador."

"Se impone en este tramo del análisis considerar también la vigencia del DNU 669/2019... cuya inconstitucionalidad formal deriva de haberse dictado sin observar los requisitos constitucionales para la validez de los Decretos de Necesidad y Urgencia... lo que conduce a declarar su inconstitucionalidad formal por vicio de origen y, por consiguiente, su inaplicabilidad al caso de autos."

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