JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - ALDRIGO ESTEBAN GONZALO Y OTROS c/ INST.NAC.DE SERV.SOC.PARA JUB.Y PENS. s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas por denegación de recursos extraordinarios interpuestos por los actores en acciones meramente declarativas contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Declaró formalmente procedentes los recursos y confirmó las sentencias apeladas por remisión a lo resuelto en la causa Cirigliano.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 003790/2015/1/RH001
Accion meramente declarativa Inssjp Jubilados y pensionados Recurso extraordinario Queja por denegacion Remision jurisprudencial Cirigliano Seguridad social Confirmacion de sentencias Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Esteban Gonzalo Aldrigo y otros; Aníbal César Basualdo y otros.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa en materia previsional, cuyo contenido concreto no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró formalmente procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con el alcance indicado, por remisión a la doctrina fijada en la causa "Cirigliano, Mariano Christian y otros c/ Inst. Nac. de Servicios Soc. para Jub. y Pensionados s/ acción meramente declarativa" (CSS 78395/2014/1/RH1), sentencia del 2 de julio de 2024. Costas por su orden, en razón de la índole de las cuestiones debatidas (art. 68 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"las cuestiones planteadas por la demandada encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en la causa CSS 78395/2014/1/RH1 'Cirigliano, Mariano Christian y otros c/ Inst. Nac. de Servicios Soc. para Jub. y Pensionados s/ acción meramente declarativa', con fecha 2 de julio de 2024, a la que corresponde remitir por razones de brevedad."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.