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Corte Suprema

MIRANDA, RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor Raúl Miranda reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad contra la ANSeS, en un caso sustancialmente análogo al precedente Benoist. La Corte Suprema, por mayoría, declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario del organismo previsional y revocó la sentencia apelada en los términos fijados en Benoist.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 011130215/2011/CS001
Tasa de sustitucion Movilidad previsional Haber jubilatorio Recurso extraordinario Anses Precedente benoist Admisibilidad formal Art. 280 cpccn Reajuste previsional Seguridad social

¿Quién es el actor?

Raúl Miranda.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Benoist" (Fallos: 341:631). Se declaró inadmisible el restante agravio del organismo (art. 280 CPCCN). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión planteada sobre la tasa de sustitución que se suscita en la presente causa resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la causa 'Benoist' (Fallos: 341:631), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que el restante agravio del organismo previsional es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"...la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida..." (conf. causa 'Vidal', Fallos: 344:3156).

El juez Rosenkrantz se remitió a su disidencia en la causa "Blanco" (Fallos: 341:1924). Nota: esa remisión corresponde a su postura minoritaria en otra causa y no integra el fundamento de la decisión de mayoría.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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