Recurso Queja Nº 1 - ORTELLADO BORJA, JUAN CARLOS c/ PEIDE INDUSTRIA Y CONSTRUCCIONES SA Y OTRO s/DESPIDO
La Corte Suprema admitió los recursos extraordinarios interpuestos por las aseguradoras de riesgos del trabajo y dejó sin efecto las sentencias que aplicaban el índice CER más intereses para determinar el crédito del trabajador. La decisión se fundó en el precedente Lacuadra (Fallos: 347:947), y la causa se devolvió a los tribunales de origen para que dicten nuevos pronunciamientos.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Ortellado Borja (en la causa principal); Hugo Martín Alarcón, Rómulo Eduardo Sellanes Otazo, Natalia Inés Fiori y Nicolás Andrés Catalán (en las causas acumuladas).
¿A quién se demanda?
Peide Industria y Construcciones S.A. y otro (despido); Galeno ART S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino S.A., Provincia ART S.A., Prevención ART S.A. y ART Interacción S.A. (según cada causa).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido y por accidente o enfermedad de trabajo (ley especial), cuyo monto se determinó aplicando el índice CER más intereses.
¿Qué se resolvió?
se declararon admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas en cuanto aplicaban el CER más intereses, con costas por su orden y devolución de los autos a origen para nuevos pronunciamientos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los cuestionamientos de las apelantes vinculados con la aplicación del índice CER más intereses a los efectos de la determinación del crédito de la parte actora encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Lacuadra' (Fallos: 347:947), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." La Corte remite a los fundamentos del precedente, sin desarrollar argumentos propios en esta sentencia.
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Fallos que cita
- LacuadraCSJN · Fallos 347:947
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