NARDINI ALAN EMMANUEL C/ ASOCIART S.A. ART S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
En un accidente de trabajo, el actor promovió acción especial contra la aseguradora de riesgos del trabajo y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por $2.800.000. El Tribunal del Trabajo Nro. 5 de La Plata homologó la conciliación en todos sus términos, con costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
Alan Emmanuel Nardini.
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. ART.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción especial por accidente de trabajo (Ley 24.557 y 26.773), en la que las partes celebraron un acuerdo conciliatorio el 30/9/2026 por la suma de $2.800.000, que comprende la totalidad de los rubros reclamados y las costas.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio en todas sus partes, impuso las costas a la demandada (art. 24 ley 15.057) y reguló honorarios a los letrados intervinientes (Sarries Joaquín, González César Oscar, Tallone Federico Carlos y Romo Natali) en $280.000 cada uno, con más el 10% legal, y a la perita médica Gabriela Alejandra Tinto en $112.000, con más aportes y IVA si correspondiera. Intimó a la demandada a acreditar el pago de la tasa de justicia ($61.600) y la sobretasa ($3.080) dentro de cinco días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acuerdo conciliatorio de fecha 30/9/2026, por la suma de $ 2.800.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas". Los dos restantes jueces votaron por la afirmativa compartiendo fundamentos, por lo que la decisión fue unánime.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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