FERREYRA HERNAN C/ ZAPATA GUILLERMO OSCAR S/ DESPIDO
El trabajador reclamó indemnizaciones por despido indirecto, con sanciones de los arts. 1 y 2 de la Ley 25.323 y 80 LCT, y la actualización de los créditos según el art. 276 LCT. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazó los reclamos de diferencias salariales y asignaciones no remunerativas, y declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802 por establecer un régimen de actualización menos favorable para los créditos laborales ya judicializados.
¿Quién es el actor?
HERNÁN FERREYRA, quien ingresó el 4 de septiembre de 2012 como vendedor, categoría "Vendedor B" del CCT 130/75, y se consideró despedido indirectamente el 12 de noviembre de 2015.
¿A quién se demanda?
GUILLERMO OSCAR ZAPATA, quien no contestó la demanda y fue declarado rebelde.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
días trabajados de noviembre de 2015, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido, incrementos de los arts. 1 y 2 de la Ley 25.323, indemnización del art. 80 LCT, diferencias salariales, asignaciones no remunerativas y sanción del art. 132 bis LCT.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al demandado a abonar la suma de $26.800.834, actualizada según el art. 276 LCT. Rechazó las diferencias salariales, las asignaciones no remunerativas y la sanción del art. 132 bis LCT. Declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802 y ordenó entregar los certificados del art. 80 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tratándose de obligaciones cuyo cumplimiento debía ser acreditado mediante los recibos exigidos por los arts. 138 y 139 LCT, la rebeldía de la demandada y la ausencia de constancias válidas de pago determinan la procedencia de esos conceptos."
"La negativa de tareas, seguida de la falta de respuesta frente a la intimación destinada a obtener su restablecimiento, configuró un incumplimiento de gravedad suficiente para impedir la prosecución del vínculo y justificar la decisión rupturista adoptada por FERREYRA."
"Esta opción normativa -que premia al incumplidor y castiga al trabajador que ejerció su derecho constitucional de acceso a la justicia- resulta incompatible con el mandato de tutela preferente del art. 14 bis CN y con el principio de igualdad del art. 16 CN, pues introduce una diferencia de trato que carece de justificación objetiva y razonable."
"En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802, en cuanto establece para los créditos laborales en juicios en trámite un tratamiento menos favorable que el previsto para créditos de idéntica naturaleza no sometidos a proceso judicial (art. 28 CN)."
"La aplicación del piso contemplado por el art. 55 reduce en aproximadamente un tercio el valor que la propia ley reconoce a los restantes créditos provenientes de relaciones individuales de trabajo. Esa reducción encuentra su única explicación en la circunstancia de que el trabajador promovió la demanda antes de la entrada en vigencia de la reforma."
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Leyes que cita
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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