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Primera Instancia

SADOWSKIY VIVIANA MARIA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió demanda contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por prestaciones dinerarias derivadas de un accidente de trabajo sufrido como docente, reclamando indemnización por incapacidad laboral permanente y prestaciones en especie en los términos de la Ley 24.557. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, fijó una incapacidad física del 7,25% (sin incapacidad psicológica), declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 y ordenó la actualización de los créditos por RIPTE.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
19096

¿Quién es el actor?

Viviana María Sadowskiy, docente de geografía en escuela pública dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires, empleador autoasegurado, administrado a través de Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral permanente y prestaciones en especie derivadas del accidente sufrido el 26/09/2012 (caída al descender por una escalera del establecimiento), con secuelas en rodilla izquierda, columna lumbar, hombros y caderas, además de un supuesto daño psíquico.

¿Qué se resolvió?

se rechaza la defensa de prescripción; se hace lugar parcialmente a la demanda, fijando una incapacidad física parcial y permanente del 7,25% de la T.O. (incluyendo factores de ponderación), y se rechaza la incapacidad psicológica por desistimiento de la prueba pericial; se declara de oficio la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la Ley 23.928 y se dispone la actualización del capital mediante el índice RIPTE, con intereses a la tasa pura del 2% anual; se declaran abstractos o se rechazan los restantes planteos de inconstitucionalidad; se imponen costas a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por el contrario, en lo que respecta a la rodilla izquierda, se encuentra suficientemente acreditada la existencia de secuelas funcionales que guardan adecuada relación causal con el evento dañoso denunciado, en tanto se trata del segmento corporal directamente comprometido en el accidente y respecto del cual la prueba médica, tanto clínica como por imágenes, da cuenta de una evolución que incluyó tratamiento quirúrgico y reintervenciones posteriores, con persistencia en la actualidad de dolor, limitación funcional, episodios de hidrartrosis e hipotrofia muscular.

No obstante, dicha valoración no puede efectuarse de manera aislada, sino que debe necesariamente integrarse con las constancias administrativas previas, en particular con el dictamen de la Comisión Médica de fecha 28/11/2014, que ya había reconocido en relación a la misma rodilla una incapacidad parcial y permanente del 10% derivada de una meniscectomía interna con hipotrofia muscular, la cual fue oportunamente indemnizada. Ello impone distinguir, conforme a las reglas propias del sistema de riesgos del trabajo, entre el daño preexistente y el eventual agravamiento atribuible al siniestro de autos, evitando incurrir en una indebida duplicación resarcitoria."

"Como ya expuse es público y notorio el proceso inflacionario que ha sufrido nuestro país desde hace varios años (...) Ante tal realidad económica que evidencia el enorme deterioro del crédito alimentario objeto de autos por el sólo transcurso del tiempo, considero que abstraerse de la crisis inflacionaria y aplicar de modo automático la prohibición de indexar que establece el art. 7 de la ley 23.928, cuantificando los créditos aquí procedentes a valores históricos sin considerar ningún mecanismo de potenciación, propicia la licuación de la deuda, beneficiando injustamente al deudor."

Palabras clave: accidente de trabajo; incapacidad laboral permanente; autoasegurado; Ley 24.557; inconstitucionalidad sobreviniente; prohibición de indexar; RIPTE; daño preexistente; factores de ponderación; prescripción.

9. (Sin contenido adicional fuera de las secciones solicitadas.)

Leyes que cita

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