JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LA SALVIA JORGE MARIO c/ ESTADO NAC.- MINIS. DE SEGURIDAD- PREFECTURA NAVAL ARG. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional recurrió extraordinariamente un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social en un reclamo de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso y confirmó la sentencia apelada, remitiéndose a lo resuelto en el precedente Camejo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 035484/2014/CS001
Personal militar y civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Prefectura naval argentina Seguridad social Recurso extraordinario Remision a precedente Camejo Confirmacion de sentencia Costas sin contradictorio

¿Quién es el actor?

Jorge Mario La Salvia.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Prefectura Naval Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo comprendido en el régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (causa caratulada "Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.").

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Camejo" (Fallos: 344:1388). No impuso costas por ausencia de contradictorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas encuentran adecuada respuesta en las debatidas y resueltas por esta Corte en 'Camejo' (Fallos: 344:1388), a la que corresponde remitir por razones de brevedad." El juez Rosenkrantz se remitió a su voto en la causa mencionada. No se registran votos en disidencia en el fallo.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.