TORRANO CARLOS FABIAN C/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por indemnización por despido y diferencias salariales contra la Municipalidad de La Plata, reclamando $191.758. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por no haberse acreditado la relación de dependencia invocada, en los términos del art. 375 del C.P.C.C.
¿Quién es el actor?
Carlos Fabián Torrano, quien inicialmente dirigió la demanda contra la Delegación Municipal de Lisandro Olmos, luego reemplazada por la Municipalidad de La Plata.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de La Plata, que negó la relación laboral, la fecha de ingreso, las tareas, la jornada, la remuneración y las circunstancias del despido.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por antigüedad y su incidencia sobre el SAC, preaviso, integración del mes de despido, doble turno, indemnización del art. 80 LCT, aguinaldos, vacaciones, diferencias salariales según el CCT 40/89 y entrega de certificaciones laborales.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal rechazó íntegramente la demanda, con costas al actor vencido. La decisión fue adoptada por unanimidad, ya que los Jueces Martiarena y Sánchez Sierra adhirieron al voto del Dr. Escobares.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Liminarmente cabe destacar que no ha sido acreditado el presupuesto básico de la acción instaurada, toda vez que no se ha probado la existencia de una relación de dependencia entre CARLOS FABIAN TORRANO y la MUNICIPALIDAD DE LA PLATA."
"En el presente caso, la realización de actividades de recolección de residuos y barrido de cordones en la vía pública, acreditada mediante la prueba testimonial, no permite establecer por sí sola que la demandada hubiera asumido frente al actor la condición de empleadora."
"En consecuencia, la evaluación conjunta de las pruebas producidas no ha permitido tener por acreditada la relación de dependencia que constituye el fundamento de la acción. Ello impide el progreso de los rubros salariales, indemnizatorios y sancionatorios reclamados, así como de la pretensión de entrega de certificaciones laborales, todos ellos sustentados en ese vínculo."
Respecto de la prueba documental, el fallo señala que los comprobantes no individualizan a la Municipalidad como empleadora, contienen referencias a una cooperativa y están firmados únicamente por el actor, por lo que no pueden equipararse a recibos salariales. Los testigos no presenciaron tareas del actor dentro de la sede ni aportaron conocimiento sobre las condiciones de su incorporación o retribución.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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