JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BILDOZA, FERNANDO RODOLFO c/ ESTADO NACIONAL-MIN.DE DEFENSA-EJERCITO ARG. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor reclamó la incorporación al haber del suplemento por zona previsto por la resolución del Ministerio de Defensa 1459/93, en el marco de un suplemento para integrantes de las Fuerzas Armadas. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, por remisión a los precedentes Bovari de Díaz y Villegas, Osiris.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FCB 006687/2020/CS001
Suplemento por zona Fuerzas armadas Haber militar Resolucion 1459/93 Recurso extraordinario Art. 16 ley 48 Precedente bovari de diaz Precedente villegas osiris Ejercito argentino Retribuciones

¿Quién es el actor?

Fernando Rodolfo Bildoza.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa - Ejército Argentino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incorporación del suplemento por "zona" (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y, en uso de las facultades del art. 16, segunda parte, de la ley 48, rechazó la demanda. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas acerca de la incorporación del suplemento por 'zona' (resolución del Ministerio de Defensa 1459/93) al haber, guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte en los precedentes 'Bovari de Díaz' (Fallos: 323:1048) y 'Villegas, Osiris' (Fallos: 323:1061), cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, se dan por reproducidos por razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada y, en uso de las facultades reconocidas en el art. 16, segunda parte, de la ley 48, se rechaza la demanda. Costas por su orden."

El fallo no contiene votos en disidencia.

Leyes que cita

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