MORINIGO CESAR FABIAN C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando la indemnización por incapacidad permanente derivada de una lesión en el pie, cuya incapacidad había sido desconocida por la Comisión Médica. El Tribunal hizo lugar a la demanda, fijó una incapacidad del 9% y condenó a la aseguradora al pago de la indemnización, declarando además la inconstitucionalidad del DNU 669/19.
¿Quién es el actor?
CESAR FABIAN MORINIGO.
¿A quién se demanda?
SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U. (anteriormente OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por incapacidad permanente derivada del accidente de trabajo ocurrido el 27/05/2024, consistente en la caída de una lata de pintura de aproximadamente 20 kg sobre el pie derecho, con diagnóstico de esguince severo de los dedos 2° a 4° del pie derecho con posible fractura. La Comisión Médica Jurisdiccional había determinado que el trabajador no presentaba incapacidad.
¿Qué se resolvió?
se declararon abstractos los planteos de inconstitucionalidad referidos a normativas del régimen de Riesgos de Trabajo, se rechazó la excepción de falta de legitimación activa, se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia, y se hizo lugar a la demanda condenando a la aseguradora al pago de $10.919.228 en concepto de prestación dineraria del art. 14 ap. 2 inc. b) de la Ley 24.557, con intereses hasta el cumplimiento, totalizando $12.557.112. Se impusieron las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Hechos acreditados: la pericia médica (acogida por sus fundamentos científicos, art. 474 CPCC) estableció por limitación funcional de los dedos del pie derecho un 7%, al que se adicionó un 2% por edad, totalizando un 9% de incapacidad parcial y permanente conforme baremo de ley. Se apartó fundadamente del dictamen psicológico, señalando que 'no corresponde asignar porcentaje alguno de incapacidad psicológica al actor vinculado causalmente con los hechos de autos', por la 'ausencia de precisión clínica objetiva' y la inexistencia de tratamiento psicológico."
"En la tarea de valorar la pericia médica y asignarle entidad convictiva, los Tribunales del Trabajo ejercen facultades privativas, resultando la decisión que adopten al respecto ajena al cometido de la Suprema Corte, salvo absurdo" (SCBA LP L. 122771).
Sobre el DNU 669/19: "este Tribunal siempre ha considerado con relación al decreto 669/19 que el mismo resulta inconstitucional como decreto de necesidad de urgencia dado que no cumple con los requisitos exigidos por el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional", en coincidencia con la SCBA, causa L. 129.800, "Muzychuk".
Cálculo: 53 × $1.703.234 (IBM actualizado) × 9% × 1,12 = $9.099.357, superior al piso legal, al que se adicionó el 20% del art. 3 de la Ley 26.773 ($1.819.871), arrojando $10.919.228 de capital.
Intereses moratorios conforme art. 12 LRT (mod. Ley 27.348), tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.