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Primera Instancia

MAROLLA GABRIEL C/ DALIA FARMACEUTICA S.C.S S/ DESPIDO

En un juicio por despido, las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio que el Tribunal del Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora homologó por unanimidad, con fundamento en el artículo 15 de la Ley 20.744 y el artículo 30 de la Ley 15.057. El tribunal impuso las costas a la demandada y reguló honorarios profesionales, intimando además al pago de la tasa de justicia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
53666
Homologacion Acuerdo conciliatorio Despido Ley 20.744 art. 15 Ley 15.057 art. 30 Costas Honorarios profesionales Tasa de justicia Orden publico Trabajo

¿Quién es el actor?

GABRIEL MAROLLA.

¿A quién se demanda?

DALIA FARMACEUTICA S.C.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por despido, cuyo trámite concluyó mediante acuerdo conciliatorio entre las partes.

¿Qué se resolvió?

homologación del acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes (punto a). Se intima a la demandada a integrar, junto con el primer pago, la tasa de justicia liquidada en $440.000 (punto b). Se imponen las costas a la demandada y se regulan honorarios a favor de los letrados y de la perita contadora, con la advertencia de que no incluyen IVA (punto c). Se reconoce además el monto de honorarios de la representación letrada de la parte actora, Dr. Milone, por $4.000.000, reconocido por la demandada, con más aportes y contribuciones de ley.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec.339/94 B.O. 29-7-94).-"

"A LA MISMA CUESTION LOS DRES. RIVOLTA BLANCA ESTER y BUDNIK GUSTAVO DANIEL votan en igual sentido que la Dra. LAREQUI MARIA EUGENIA, por compartir sus fundamentos.-"

Se trata de una votación unánime: los tres magistrados votaron por la afirmativa.

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