CHAMORRO SERGIO FABIAN C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió demanda por accidente in itinere contra su ART para obtener la indemnización por incapacidad física y psicológica prevista en la ley 24.557. El Tribunal hizo lugar a la demanda por la suma de $485.573, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y 4 y 5 de la ley 25.561 y ordenó actualizar el crédito por RIPTE.
¿Quién es el actor?
SERGIO FABIAN CHAMORRO.
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ART SA, aseguradora de riesgos del trabajo de RM ELECTRÓNICA GROUP S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente in itinere ocurrido el 3/2/2021, con recargo del 20% del art. 3° de la ley 26.773, actualización del crédito, inconstitucionalidades y costas.
¿Qué se resolvió?
hace lugar a la demanda y condena a LA SEGUNDA ART SA a abonar $485.573 dentro de los diez días, actualizados según el índice RIPTE entre la fecha del accidente y la de la sentencia. Declara la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y 4 y 5 de la ley 25.561. Rechaza la inconstitucionalidad de la ley 24.432 y del art. 3° de la ley 26.773. Impone las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para los accidentes 'in itinere' no cabe adunar el 20% que establece el art. 3 ley 26.773 por la propia redacción de dicha normativa." Esta conclusión se fundó en la doctrina de la SCBA en "Carabajal" (L.119.002, 25/4/2018), a la que el juez preopinante dijo deber acatar aunque compartiera la crítica doctrinaria a la exclusión.
Respecto de la actualización monetaria, el Tribunal sostuvo que "el mantenimiento del criterio nominalista al amparo del artículo 7 de la Ley 23.928 (t.o art. 4 Ley 25.561) pulveriza el crédito alimentario del cual resulta titular la parte actora", por lo que se impone declarar su inconstitucionalidad siguiendo "Barrios" (C. 124.096), y que "por imperio del sistema de control de constitucionalidad difuso, los jueces estamos obligados a realizar un estricto control constitucional y convencional de las normas aplicables a un proceso judicial", aun sin planteo expreso de la parte actora.
Sobre la ley 24.432, el juez preopinante expresó que "la modificación que introdujo la ley 24.432 ... ha violentado los arts. 75 inc. 12, 121 y 122 de la Constitución Nacional", pero que, por el criterio de la Corte Suprema y de la SCBA, corresponde acatar esa doctrina "aunque dejando sentada mi clara postura en contrario", rechazando el planteo.
Se fijó una incapacidad psicofísica total de 20.34% de la t.o., que se redujo a 12.64% por aplicación del método de la incapacidad restante, considerando la preexistencia del 37.84% determinada en sede administrativa. Para el cálculo se tomó un IBM de $59.441,73 y una edad de 53 años al momento del accidente.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 24.432Honorarios profesionales
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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