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Primera Instancia

FOTI NESTOR C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo ocurrido mientras laboraba para Thorsa SA, reclamando indemnización por una incapacidad física del 11,5% en rodilla derecha a cargo de su aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal del Trabajo N° 3 de Quilmes hizo lugar a la demanda, condenó a Swiss Medical ART SA al pago de $9.614.552,34 y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - QUILMES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
33861

Demandante (Actor): Nestor Foti, trabajador de Thorsa SA, categoría operario, con fecha de ingreso indicada en el oficio de la empresa.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART SA, aseguradora de riesgos del trabajo de Thorsa SA (contrato de afiliación N° 197584).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 28/03/2023 (la sentencia consigna en su parte resolutiva 2018, error material evidente frente a los considerandos), por síndrome meniscal con signos objetivos en rodilla derecha, con una incapacidad reclamada del 9,7% y una determinada en la pericia del 11,5% de la total obrera.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, hizo lugar a la demanda y condenó a Swiss Medical ART SA a pagar $9.614.552,34 en concepto de indemnización de la ley 24.557 modificada por leyes 26.773 y 27.348, con intereses por mora conforme art. 12 de la ley 24.557 y art. 770 del CCyC, e impuso costas a la demandada vencida. Ordenó además el depósito del capital en cuenta bancaria del actor, cuya denuncia queda como condición para el cómputo del plazo de pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de la inconstitucionalidad del DNU 669/19, la jueza Bozzola, cuyo voto se adoptó como fundamento del Tribunal, expresó: "Si bien este Tribunal aplicó el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19 en todas las causas planteadas en las cuales las contingencias reclamadas (accidentes o enfermedades profesionales) hubieran acaecido a partir de su entrada en vigencia (09/10/2019), actualmente y atento que en un reciente fallo la Suprema Corte de Justicia provincial, en los autos 'Muzychuk, Claudio Ruben c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA s/ accidente de trabajo- acción especial' de fecha 14/07/2025, dispuso que el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19 es inconstitucional por no reunir los requisitos que el artículo 99 inc. 3 de la Constitución Nacional establece para su dictado, conforme a lo cual considero que corresponde acatar lo dispuesto por el Superior, en aras de la economía y celeridad procesal."

Sobre el monto, se expresó: "Dicho monto de $2.257.482,80 con la adición del interés tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina ($ 5.794.644,15) ... asciende a la suma de $ 8.012.126,95 al momento del dictado de la presente sentencia." A ello se sumó el 20% adicional del art. 3 de la ley 26.773 ($1.602.425,39).

Sobre la prueba, el perito médico concluyó que las lesiones "encuentran su origen en el accidente denunciado", y el Tribunal consideró que el informe, aunque impugnado, "se halla basado en estudios de diagnóstico y científicamente fundado".

Sobre la falta de rechazo del siniestro, se tuvo presente que "No existe en autos constancia fehaciente de rechazo respecto del siniestro en tratamiento - 28/03/23-, por lo que deberé tenerlo por probado."

Leyes que cita

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