JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FARFAN NESTOR NICOLAS C/ ROTCHEN MARCELO MARIO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor Néstor Nicolás Farfán y el demandado Marcelo Mario Rotchen arribaron a un acuerdo conciliatorio que puso fin al proceso. El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó el convenio, con los efectos de cosa juzgada, e impuso las costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - QUILMES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37849
Homologacion de acuerdo conciliatorio Cosa juzgada Proceso laboral Conciliacion Costas Tasa de justicia Actualizacion de creditos laborales Honorarios profesionales Art. 15 lct Art. 276 lct

¿Quién es el actor?

Néstor Nicolás Farfán.

¿A quién se demanda?

Marcelo Mario Rotchen.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en el marco de un proceso laboral.

¿Qué se resolvió?

Homologar el acuerdo conciliatorio, con los efectos de la cosa juzgada (art. 15 LCT; art. 30 ley 15.057), imponer las costas a la parte demandada (art. 73 CPCC), eximir a las partes del pago de la tasa de justicia (art. 30 ley ritual del fuero), y disponer que para la transferencia de las sumas de capital el actor deberá denunciar y acreditar sus datos personales e impositivos y los datos bancarios correspondientes. Se dispone además la actualización de sumas adeudadas en caso de incumplimiento conforme art. 276 LCT (texto según art. 54 ley 27.802) y la aplicación del art. 54 de la ley 14.967 en caso de mora en honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según la voto de la Dra. Garay, en el que coinciden las demás integrantes del Tribunal, "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). Procede asimismo declarar las costas conforme con lo solicitado, con exención del pago del importe correspondiente a la tasa de justicia y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.