DE LOS SANTOS MARICEL AIDEE C/ ZACARIA ANALIA MABEL S/ DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido indirecto fundado en la falta de registración de la relación laboral, reclamando indemnizaciones de la LCT, la ley 24.013 y la ley 25.323, y diferencias salariales. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Morón hizo lugar a la demanda, condenó a la demandada a abonar $14.799.837,84 y declaró la inaplicabilidad del carácter no remuneratorio de las asignaciones del Acuerdo enero-febrero/2024 y la inconstitucionalidad del DNU 70/2023.
¿Quién es el actor?
MARICEL AIDEE DE LOS SANTOS.
¿A quién se demanda?
ANALÍA MABEL ZACARIA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido indirecto (arts. 232, 233 y 245 LCT), diferencias salariales, SAC y vacaciones proporcionales, y las sanciones de los arts. 8, 15 y 80 LCT, 2 de la ley 25.323 y 67 de la ley 15.057.
¿Qué se resolvió?
se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva, se tuvo por probada la relación laboral y se hizo lugar a la demanda por $14.799.837,84. Se rechazaron el art. 9 de la ley 25.013, la conducta temeraria y maliciosa, la pluspetición inexcusable y la aplicación de la ley 27.772. Se declaró la inaplicabilidad del carácter no remuneratorio de las asignaciones del Acuerdo enero-febrero/2024 y la inconstitucionalidad del DNU 70/2023. Se declaró abstracto el planteo sobre los arts. 7 y 10 de la ley 23.928. Se ordenó capitalizar intereses conforme el art. 770 inc. b CCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Así, la actitud de la parte empleadora constituye la conducta injuriosa del art. 242 indicado que autoriza a la trabajadora a hacer denuncia del contrato por culpa de la contraparte (art. 246 L.C.T)."
"La falta de registración del contrato de trabajo constituye injuria suficiente para desplazar el principio de conservación del contrato que lo habilita a denunciarlo."
"En esta labor, no encuentro argumentos razonables para sostener la validez constitucional del DNU 70/2023. Considero que no justifica la potestad ejercida, tanto en lo relativo a la configuración de una emergencia, cuanto a la imposibilidad de seguir el procedimiento legislativo."
"Si las comunicaciones que remitió De los Santos a su principal no entraron en su esfera de conocimiento, fue porque ésta no actuó con una diligencia y cuidado normal, ni con la buena fe y lealtad que como empleadora le correspondía y entiendo que debe tenerse a la principal como notificada de la intimación cursada."
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Leyes que cita
- Ley 24.013Ley de empleo
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 27.772Convenios
- Ley 25.323Contrato de trabajo
- Ley 25.013Reforma laboral
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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