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Primera Instancia

RODRIGUEZ CARLOS OMAR C/ GALENO ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El trabajador demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo por enfermedad profesional (infarto de miocardio atribuido al estrés laboral). El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y condenó a la ART al pago de $54.222.802,84 más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37914
Enfermedad profesional Incapacidad laboral permanente parcial Aseguradora de riesgos del trabajo Estres laboral Inconstitucionalidad art. 7 ley 23.928 Piso minimo reparatorio Actualizacion de creditos Intereses Fondo de reserva Deuda de valor

¿Quién es el actor?

Carlos Omar Rodríguez, quien ingresó a Trenes Argentinos en 1995 como supervisor.

¿A quién se demanda?

Galeno ART SA, aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial derivada de una enfermedad profesional (infarto agudo de miocardio con antecedentes de estrés laboral).

¿Qué se resolvió?

hizo lugar a la demanda y condenó a Galeno ART SA a pagar $54.222.802,84 en concepto de capital, más intereses al 1% anual desde el siniestro, con un total de liquidación de $59.732.730,94. Declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928. Impuso las costas a la demandada. Tuvo presente el pedido de inconstitucionalidad de la ley 24.432 para su oportunidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo con la Resolución 39/2026 de la SRT ... el piso mínimo reparatorio derivado de la prestación del 14 inc. 2 ap. 'a' de la ley 24.557 equivaldría ... a $ 23.499.769,60 ($ 114.354.110 x 20,55%)... el cotejo del valor del crédito liquidado con arreglo a la premisa nuclear del sistema nominal ... reduce el crédito a aproximadamente el 7% del piso mínimo actual..."

"En consecuencia, frente a la constatación de que la realidad ha quebrado la razonabilidad de la norma y generado así una inadecuación constitucional del instrumento legal contenido en el artículo 7 de la ley 23.928 respecto del derecho a la reparación tarifada que se enraíza en los artículos 14 bis, 17, 19 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, corresponde declarar su inconstitucionalidad."

"Estimo necesaria la aplicación de los principios emanados del fallo 'Ascua' de la CSJN, en donde ... se estableció que la indemnización especial de los daños laborales debe, al menos, alcanzar a cubrir la pérdida de ganancias provocada por el infortunio..."

"...corresponde rechazar el planteo impetrado por la parte demandada, estableciéndose que la tasa de interés fijada precedentemente se devengará entre el día de la primera manifestación invalidante del siniestro reclamado en autos y la fecha de las presentes."

"...la obligación del Fondo de Reserva de la LRT comprende la satisfacción de los intereses, por ser un accesorio de la obligación principal."

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