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Primera Instancia

RODRIGUEZ PEDRO PABLO C/ PROVINCIA ART (AUTOSEGURO) Y/O FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AI S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió demanda por indemnización por accidente de trabajo derivada de una enfermedad profesional lumbar (espondiloartrosis lumbar), reclamando $1.388.993,30 contra la Provincia de Buenos Aires en su carácter de empleador autoasegurado. El Tribunal del Trabajo N° 2 de Mar del Plata rechazó íntegramente la demanda por considerar acreditada la inexistencia de incapacidad resarcible, con imposición de costas al actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
70642
Enfermedad profesional Accidente de trabajo Espondiloartrosis lumbar Inculpabilidad Ley 24.557 Autoseguro Comision medica Base regulatoria Honorarios Rechazo de demanda

¿Quién es el actor?

PEDRO PABLO RODRIGUEZ, ex integrante de la Policía bonaerense (ingreso en 1986, retiro en 2018), que prestó servicios como chofer y acompañante de patrulla.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Fisco de la Provincia), en su carácter de empleador autoasegurado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por enfermedad profesional (espondiloartrosis lumbar), con fecha de primera manifestación invalidante 21/06/2019, cuya naturaleza profesional había sido rechazada por la Comisión Médica N° 12 (Expte. SRT 84315/21). El actor estimaba una incapacidad del 21,5% de la total obrera y un ingreso base de $35.679,87.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal, por unanimidad, decidió rechazar íntegramente la demanda, imponer las costas a la actora (con beneficio de gratuidad) y regular honorarios, tomando como base regulatoria $2.460.053,13 (reducción del 50% sobre el monto reclamado más intereses, de $4.920.106,26, por resultar la aplicación estricta de la ley arancelaria notoriamente inequitativa frente a un rechazo total).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tengo por cierto y probado que el Sr. PEDRO PABLO RODRIGUEZ no posee incapacidad resarcible alguna." (Voto de la Dra. Bártoli, primera cuestión).

Sobre la pericia médica de la parte actora: "El actor presenta un espóndilo artrosis o artrosis de columna lumbar, responsable del cuadro sintomatológico actual. Siendo esta patología de origen degenerativo, no presenta relación con su actividad laboral y por tal motivo, debe ser considerada como inculpable (...). Según el examen pericial realizado no presenta incapacidad de orden laboral (0%)".

Sobre la base regulatoria, se citó la doctrina de la SCBA: "En situaciones excepcionales, sujetarse sin más al quantum expresado estimativamente en la demanda, como base regulatoria, conduciría a una situación despojada de la necesaria ponderación de las circunstancias relevantes de la litis."

Como consecuencia del rechazo, se declaró en abstracto el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas por las partes.

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