BORDON ISMAEL HORACIO C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional (lumbociatalgia) contra su aseguradora de riesgos del trabajo, reclamando las prestaciones dinerarias de la LRT. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenó a Swiss Medical ART SA al pago de $543.200,78 con intereses a la tasa activa del Banco Nación, y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 6 y 8 de la ley 24.557 y del decreto 669/19.
¿Quién es el actor?
Ismael Horacio Bordon, que prestó servicios como charqueador para Compañía Bernal SA.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART SA, aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
prestaciones dinerarias derivadas de enfermedad profesional (lumbociatalgia) con incapacidad laboral permanente parcial.
¿Qué se resolvió?
se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 6 y 8 de la ley 24.557, del decreto 669/19 y del art. 3 del decreto 549/25; se declaró abstracto el planteo sobre los arts. 12, 14 y 15 de la ley 24.557; se rechazaron las inconstitucionalidades planteadas contra el art. 17.3 de la ley 26.773 y la ley 23.928. Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva y se condenó a la demandada a pagar $543.200,78, actualizados a la tasa activa del Banco Nación, lo que totaliza $2.193.272,37. Las costas se impusieron a la demandada en lo que prospera y al actor en lo rechazado.
Incapacidad: el perito médico fijó 11%, pero el Tribunal descontó 30,8% de preexistencias, reduciendo la incapacidad a 7,6%. Ingreso base: $83.244,57. Edad al momento de la toma de conocimiento (20/09/2019): 48 años, coeficiente etario 1,35.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto del art. 8 de la LRT, afecta dicha disposición la supremacía constitucional por sustraer de la jurisdicción de los Tribunales provinciales prerrogativas específicas, asignándolas a órganos de naturaleza administrativa... avanza sobre las funciones propias de la judicatura al delegarlas en el Poder Ejecutivo, resultando en estos términos lesiva de los artículos 5º y 18 de nuestra Ley Suprema".
"Corresponde asimismo pronunciarse acerca de la inconstitucionalidad del art. 6º, apartado segundo, de la LRT, en cuanto se restringe el acceso a la jurisdicción a fin de procurar la reparación de un infortunio laboral, violándose abiertamente los artículos 5º y 75 inc. 12 de nuestra Carta Fundamental".
Sobre el art. 17.3 de la ley 26.773, el voto sostuvo que "no advierto que con la regulación introducida... se vea impedida en modo alguno de ejercer su profesión de abogado... la ley sólo ha puesto ciertos límites a esos derechos".
Sobre el decreto 669/19: "al momento del dictado de la presente sentencia... fue dictado el DNU 669/19... entiendo que de ser compartido mi voto debe ser rechazada la posibilidad de aplicación del mentado DNU por considerarlo inconstitucional e inconvencional, tanto por razones de índole formal como sustancial".
Sobre la aplicación temporal del decreto 549/25: "la retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales".
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Torres dejó constancia de que propuso actualizar el IBM a la tasa activa desde la primera manifestación invalidante, pero que los demás votantes no compartían esa actualización, por lo que adhirió "dejando a salvo mi opinión".
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
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