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Primera Instancia

BOHL AXEL AGUSTIN C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

El actor, trabajador de Ovobrand S.A., reclamó a Experta ART S.A. la prestación dineraria del art. 14.2.a de la ley 24.557 por la incapacidad del 9,93% de la total obrera derivada de un accidente in itinere. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a la ART a pagar $55.575.388,46 con intereses capitalizados al 6% anual hasta el 10/9/2026, y dispuso la actualización por RIPTE desde esa fecha hasta el pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
49253-21
Accidente in itinere Incapacidad permanente parcial Ley 24.557 Prestacion dineraria art. 14.2.a Actualizacion ripte Deuda de valor Intereses moratorios Tasa pura 6% Inconstitucionalidad Art

¿Quién es el actor?

Axel Agustín Bohl, empleado de "Ovobrand S.A.", afiliada a la ART demandada.

¿A quién se demanda?

"Experta ART S.A.".

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prestaciones dinerarias de la ley 24.557 por la incapacidad laboral derivada de un accidente in itinere ocurrido el 18/5/2020, cuando el actor regresaba en motocicleta de su trabajo a su domicilio y fue embestido por una camioneta. Se planteó además la inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.557, 26.773 y 27.348.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal (Juzgado del Trabajo Nº 2 de La Plata) tuvo por probado el accidente in itinere, la incapacidad permanente del 9,93% de la total obrera y un ingreso base mensual de $79.617,17. Desestimó la defensa de falta de legitimación pasiva respecto de la incapacidad psíquica por inoficiosa, pues no se acreditó esa incapacidad. Ajustó el ingreso base por RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta junio de 2026, lo que arrojó $2.673.370,18, y fijó la prestación del art. 14.2.a en $39.762.138,90. Rechazó la prestación del art. 3 de la ley 26.773 y las prestaciones en especie por falta de prueba de tratamiento psicológico. Declaró abstractos los demás planteos de inconstitucionalidad. Al capital le aplicó intereses al 6% anual, capitalizados hasta la notificación de la demanda, y el total quedó en $55.575.388,46 al 10/9/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el ingreso base del trabajador [debe ser] actualizado de acuerdo a la variación del índice RIPTE, desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la actualidad..."

"...en el caso no puede aplicarse una tasa de interés bancaria desde la fecha del infortunio a la indemnización que se ha calculado a valores actuales. Lo contrario implicaría actualizar dos veces el importe del crédito..."

"...los intereses moratorios deben liquidarse... desde la fecha de la toma de exigibilidad del crédito y hasta la fecha de esta sentencia... en el 6% anual."

Respecto del art. 3 de la ley 26.773, el juez Orsini dejó a salvo su postura favorable a su aplicación a los accidentes in itinere, pero, por mayoría de la integración, se desestimó.

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