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Primera Instancia

FARIAS CELSO DANIEL C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra la Provincia de Buenos Aires reclamando la prestación dineraria prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo. El Tribunal rechazó la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557 (texto según ley 27.348) y hizo lugar a la demanda, condenando al pago de $1.854.989,85 con intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de mora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
44218-17
Enfermedad profesional Ley de riesgos del trabajo Inconstitucionalidad art. 12 ley 24.557 Ley 27.348 Actualizacion ripte Tasa activa banco nacion Deuda de valor Principio nominalista Ley 23.928 Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Celso Daniel Farías.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Fisco de la Provincia de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prestación dineraria prevista en el art. 14.2.a. de la Ley de Riesgos del Trabajo y art. 3 de la ley 26.773, por enfermedad profesional.

¿Qué se resolvió?

Por cuestiones de la Suprema Corte, que anuló parcialmente la sentencia anterior por omisión de resolver el planteo de inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557, el Tribunal rechazó dicho planteo, declaró la validez constitucional del art. 12 y, en consecuencia, hizo lugar a la demanda, condenando a la Provincia a depositar en autos $1.854.989,85 en diez días. Ante mora, la suma devengará intereses a la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina. Se impusieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...cuadra señalar que el art. 12.1. de la L.R.T, en cuanto dispone que los salarios del año anterior a la primera manifestación invalidante que se computan para determinar el IBM 'se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE', claramente está incorporando un mecanismo de actualización de créditos, orientado a mantener ... el valor económico real de las prestaciones previstas en los arts. 14 y 15 de la ley 24.557, evitando que se deprecien por imperio del transcurso del tiempo en contextos notoriamente inflacionarios..."

"En efecto, la tasa de interés contemplada en el apartado 2 del nuevo art. 12 de la L.R.T no tiene una función compensatoria de la mora en el pago del crédito, ni punitoria del comportamiento del deudor ..., sino que está destinada precisamente a sustituir al RIPTE (art. 12.1, L.R.T.) como mecanismo de actualización del ingreso base."

"...la ley 27.348 es una ley especial ..., mientras que la ley 23.928 es una ley general ..., por lo que la desplaza por el principio de que ley especial deroga ley general... [y] la ley 27.348 es una ley laboral más favorable al sujeto protegido que la ley 23.928, por lo que la desplaza..."

"...la ley 23.928 ... ha sido declarada inconstitucional por la Suprema Corte (SCBA, causa C. 124.096, 'Barrios...', sent. del 17/4/2024), lo que termina de sepultar la estrategia defensiva de la accionada."

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