JurisprudenciaARG
Primera Instancia

POZOS ORLANDO DANIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad laboral permanente derivada de un accidente de trabajo contra su ART. El Tribunal de Trabajo hizo lugar a la acción por mayoría, reconociendo una incapacidad del 19,65% de la total obrera y condenando a la aseguradora al pago de la suma actualizada según RIPTE, con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
51209-22
Accidente de trabajo Ley 24.557 Incapacidad permanente parcial Ingreso base Ripte Deuda de valor Actualizacion monetaria Intereses moratorios Prestacion de pago unico Art

¿Quién es el actor?

Orlando Daniel Pozos, dulcero de Granja Arrayanes S.R.L.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A. (ART).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral permanente derivada de accidente de trabajo ocurrido el 22/8/2019 al recolectar potes de dulce de leche de 10 kg, con fundamento en la Ley 24.557 y planteos de inconstitucionalidad de diversos preceptos.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda por mayoría. Se determinó una incapacidad parcial y permanente del 19,65% de la total obrera, considerando la preexistencia del 57,52% y el criterio de la capacidad restante. Se fijó un ingreso base mensual de $82.407,10, ajustado por RIPTE, y se condenó al pago de $48.116.233,86 por prestaciones del sistema, más intereses moratorios al 6% anual por $20.351.189,54, para un total de $68.467.423,40, actualizable por RIPTE hasta el pago. Se desestimó la prestación adicional del art. 11.4 LRT por no superarse el 50% de incapacidad. Se admitió la prestación del art. 3 de la Ley 26.773 y el costo de tratamiento psicológico (art. 20 Ley 24.557). Se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Consecuentemente, corresponde ajustar el ingreso base acreditado en el proceso por la suma de $ 82.407,10, aplicando el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante (del 22/8/2019) hasta la fecha de la presente sentencia (equiparable a puesta de disposición de la indemnización, según 12.2, LRT, o en su defecto, hasta el último dato publicado sobre evolución del RIPTE)."

"Destaco que dicha norma no ha sido invalidada legislativamente en los términos de la ley 26.122, y su validez constitucional formal no fue objetada por la accionada a lo largo del proceso."

"Aun cuando esta nueva doctrina legal fue establecida en un caso civil, estimo que, con mayor razón, corresponde su aplicación en materia laboral, toda vez que -por imperio del principio constitucional de protección, art. 14 bis, CN- el trabajador es un sujeto de tutela jurídica preferente constitucional."

"No corresponde, en cambio, condenar a la demandada a pagar la prestación adicional del art. 11.4 de la Ley de Riesgos del Trabajo (...) Ello, porque dicha prestación solo procede en los casos en que la incapacidad supere el 50%, circunstancia no verificada en el caso."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.