SAWELJEW JORGE C/ COMAU S.A. y otro/a S/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de patologías que atribuyó a sus tareas de mecánico de planta, con posterior citación como tercero de la aseguradora Galeno ART S.A. El Tribunal rechazó la pretensión remanente contra la aseguradora por no acreditarse una contingencia laboral en los términos del art. 6 de la Ley 24.557.
¿Quién es el actor?
Jorge Saweljew.
Demandado (en el objeto remanente): Galeno ART S.A., citada como tercero por Comau Argentina S.A. Las codemandadas Siderar S.A. (hoy Ternium Argentina S.A.) y Comau Argentina S.A. arribaron a un acuerdo conciliatorio en audiencia del 26/09/2024, homologado el 04/10/2024, por $10.000.000, quedando el proceso circunscripto a la responsabilidad de la aseguradora en el marco de la Ley 24.557.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación de daños por incapacidad (76,198% en la demanda) atribuida a patologías osteomusculares y neurológicas (hernia inguinal, meniscectomía de rodilla, artrosis lumbar, fibrosis cervical, espondilosis, neurodocitis cubital, hipoacusia y distimia), con reclamo de $547.271,95.
¿Qué se resolvió?
rechazar la pretensión que subsiste contra Galeno ART S.A., por no haberse acreditado la existencia de una contingencia laboral en los términos del art. 6 de la Ley 24.557; imponer las costas a la parte actora con beneficio de gratuidad; regular honorarios de los letrados (8 JUS cada uno), de los peritos contador (Lunghi) y médico (Gatti), y disponer la devolución de documentación original.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Examinadas las constancias de la causa, corresponde señalar que si bien la pericia médica producida en autos acredita la existencia de determinadas afecciones osteomusculares y neurológicas y asigna al actor un porcentaje de incapacidad parcial y permanente, la atribución de origen laboral de dichas dolencias se sustenta fundamentalmente en el relato efectuado por el propio trabajador respecto de la mecánica de sus tareas y en consideraciones generales de la medicina del trabajo relativas a la incidencia que determinados esfuerzos físicos podrían tener sobre la columna vertebral y otras estructuras osteomusculares."
"No obstante, del análisis del dictamen pericial surge que el experto no efectuó un estudio concreto de las condiciones reales del puesto de trabajo del actor ni identificó factores de riesgo específicos presentes en el ámbito laboral que permitan afirmar que tales patologías hayan sido efectivamente generadas por la actividad desempeñada."
"A ello se suma que en autos no se produjo prueba testimonial que permita reconstruir la modalidad concreta en que las tareas habrían sido desarrolladas ni se incorporaron estudios técnicos, evaluaciones ergonómicas o informes especializados que permitan verificar la existencia de exposición a factores de riesgo capaces de generar las afecciones diagnosticadas."
"Debe recordarse, además, que las patologías constatadas -entre ellas protrusiones discales, alteraciones radiculares y afecciones meniscales- son dolencias que pueden presentarse también como consecuencia de procesos degenerativos propios del envejecimiento o de factores extralaborales, circunstancia que impone extremar el rigor probatorio al momento de atribuir su origen a la actividad laboral."
"En consecuencia, no habiéndose demostrado en autos la existencia de una relación causal adecuada entre las dolencias verificadas y la actividad laboral invocada por el actor, no puede tenerse por configurada una enfermedad profesional ni una contingencia laboral en los términos del art. 6 de la Ley 24.557."
¿Cómo votaron los jueces?
la solución fue adoptada por unanimidad. El Dr. Escobares votó por la negativa y los Dres. Núñez y Orsini adhirieron por compartir fundamentos. No hubo votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.