SCHAFFER JONATAN JAVIER C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción laboral de revisión contra la aseguradora de riesgos del trabajo por una incapacidad derivada de enfermedades de origen laboral. El Tribunal hizo lugar a la demanda, fijó una incapacidad del 26,61% de la TO y condenó a la aseguradora al pago de $18.392.352 en concepto de prestaciones del art. 14 de la ley 24.557 y del art. 3 de la ley 26.773.
¿Quién es el actor?
JONATAN JAVIER SCHAFFER.
¿A quién se demanda?
LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción laboral de revisión (art. 2 inc. j, ley 15.057) del dictamen de la Comisión Médica, en el marco de los Expedientes SRT Nros. 48498/25, 48529/25, 48516/25, 48539/25, 48477/25 y 48486/25, reclamando las prestaciones del art. 14 de la ley 24.557 y del art. 3 de la ley 26.773, con planteo de inconstitucionalidad de diversos artículos del sistema de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
hizo lugar a la demanda; declaró que el actor es portador de una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 26,61% de la TO a causa de la contingencia de fecha 9/4/24 sufrida mientras prestaba tareas para OBRA CIVIL INTERACTIVA SA; condenó a la aseguradora a pagar $18.392.352 en el plazo de diez días; fijó intereses por mora según art. 770 del Código Civil y Comercial; impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Entrando a considerar la procedencia de la demanda, habiéndose acreditado que el actor es portador de incapacidad física del 26,61%, en relación causal con la contingencia denunciada; y la cobertura en los términos de la ley 24.557 el caso encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 por lo que corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada.
Señalo que atento los lineamientos de la SCBA en el precedente 'Muzychuk' (L.129.800 14-7-2025), a cuyos fundamentos me remito en honor a la brevedad, resultan inaplicables en la especie las previsiones del DNU 669/19.
Al no haberse acreditado el Valor Ingreso Base (VIB) resulta de aplicación el piso establecido por Res. SRT 18/2024 y la prestación del art 14 LRT asciende a $7.692.041,74 y la del art 3 de la ley 26.773 a $1.538.108,35. A dichas sumas corresponde adicionar el interés Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de la desvinculación hasta el día de la fecha de $9.161.901,98."
"Atento las circunstancias fácticas y jurídicas en que se funda la acción y el modo en que se resuelve, los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora resultan abstractos."
"Tampoco resulta procedente la aplicación de la doctrina establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el expediente C 127.096, dictado el 27/04/2024, toda vez que la Ley de Riesgos del Trabajo (texto Ley 27.348) prevé un mecanismo específico de actualización para el cálculo del Valor del Ingreso Base (V.I.B.) a la fecha del siniestro, al que se adiciona el interés legal correspondiente."
La prueba pericial, que determinó una incapacidad del 26,61% en relación causal con el trabajo, fue considerada suficiente por el Tribunal pese a la impugnación de la demandada, con remisión al art. 474 del CPCC.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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