DUARTE RODRIGO SEBASTIAN C/ BEKAERT TEXTILES ARGENTINA S.A. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Bekaert Textiles Argentina S.A., y las partes arribaron a un acuerdo transaccional en el marco del proceso. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Lomas de Zamora homologó el acuerdo presentado por las partes, por considerar que reúne los requisitos legales de validez y constituye una justa composición de sus derechos e intereses.
¿Quién es el actor?
DUARTE RODRIGO SEBASTIAN.
¿A quién se demanda?
BEKAERT TEXTILES ARGENTINA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Juicio por despido. Las partes presentaron un acuerdo transaccional para poner fin al pleito.
Resolución: El Tribunal homologó el acuerdo presentado a fs. 154 (art. 15 L.C.T.), impuso las costas a la parte demandada (arts. 14 y 26 Ley 15.057), fijó la Tasa de Justicia a cargo de la accionada en $ 264.000, y reguló honorarios a los letrados OVEJERO MAXIMILIANO ANTONIO, VIERA GUSTAVO ALBERTO, SANCHEZ OSVALDO ALEJANDRO y TROTZ CARLOS MARIANO, y a la perita CARPINELLI ANALIA FERNANDA, con más las adiciones legales correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA.-" Los demás votos (Dres. Accardo y Rinaldi) adhieren en el mismo sentido, por lo que la decisión fue unánime.
Disposiciones operativas: se ordena al actor comunicar los datos bancarios para la transferencia de fondos (art. 277 LCT, modificada por ley 27802); a los profesionales, informar sus datos de cobro y emitir factura; y a la parte obligada, acreditar en autos las transferencias, bajo apercibimiento de medidas ejecutivas (art. 12 ley 15057).
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Leyes que cita
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- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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