JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ROMANO ALEX LEANDRO C/ BOYGAL SRL S/ DESPIDO

Las partes arribaron a una transacción en el marco de un juicio por despido, la que fue sometida a homologación judicial. El Tribunal del Trabajo N° 1 de Dolores homologó el acuerdo y dispuso las condiciones de pago del capital, las costas a cargo de la demandada y la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - DOLORES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
46832
Despido Transaccion Homologacion Acuerdo conciliatorio Costas Honorarios Capacidad Orden publico Forma de pago Cuota litis

¿Quién es el actor?

ROMANO ALEX LEANDRO.

¿A quién se demanda?

BOYGAL SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

juicio por despido ("ROMANO ALEX LEANDRO C/ BOYGAL SRL S/ DESPIDO", Expediente Nro. 46832).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal homologó la transacción celebrada por las partes, documentada en el acta de audiencia del 5/10/26, dando por terminado el juicio en los términos allí pactados. Se impusieron las costas a la demandada, se regularon honorarios a los letrados Martín Alberto Rapallino (apoderado de la actora) y Tomás Cangiano (apoderado de la demandada) en 15,02 Jus cada uno, más porcentaje legal e IVA si correspondiere, y se fijaron los honorarios del perito contador Cristian Assante en $200.000, más el 10%. Se dispuso además la forma de pago del capital mediante transferencia a una cuenta bancaria de titularidad de la actora, con consignación del concepto "HABERES" y "PAGO POR ORDEN JUDICIAL" para evitar retenciones, y se intimó a la demandada al pago de tasa y sobretasa de justicia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."

"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 5/10/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."

"Las costas serán soportadas por la parte demandada BOYGAL SRL (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057)."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.