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Primera Instancia

BRAKI ULISES OMAR C/ LATUF DAVID S/ DESPIDO

El actor Ulises Omar Braki promovió demanda por despido contra David Latuf. El Tribunal del Trabajo N° 1 de Dolores homologó la transacción celebrada por las partes, dando por terminado el juicio, e impuso las costas a la parte demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - DOLORES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
47862
Despido Transaccion Homologacion Acuerdo conciliatorio Costas Honorarios Pacto de cuota litis Tasa de justicia Pago por orden judicial Tribunal del trabajo

¿Quién es el actor?

Ulises Omar Braki.

¿A quién se demanda?

David Latuf.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

despido.

¿Qué se resolvió?

homologación de la transacción celebrada por las partes en el escrito de fecha 05/10/2026, dando por terminado el presente juicio en la forma y condiciones allí estipuladas. Se imponen las costas a la parte demandada (art. 73 CPCC; arts. 24, 25 y 89 ley 15057). Se regulan honorarios de la letrada apoderada de la actora, Manuela Rivero, en 37,57 Jus, y del letrado patrocinante de la demandada, César Horacio Bergolo, en 37,57 Jus, con más porcentaje legal e IVA si correspondiere. Se establecen pautas operativas para el pago: denuncia de CBU por la actora, suspensión del plazo de pago mientras no se denuncie la cuenta, pago del pacto de cuota litis mediante transferencia directa al profesional beneficiario, justificación de los pagos en el expediente, y consignación del concepto "HABERES" y motivo "PAGO POR ORDEN JUDICIAL" a fin de evitar retenciones. Se intima a la demandada al pago de tasa y sobretasa de justicia ($220.000 y $11.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."

"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclopédico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio."

Los votos de los Dres. Quezada y Laborde adhieren en igual sentido por compartir fundamentos, por lo que la decisión es unánime.

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