FARMACIA UOM LANUS S.C.S. C/ CIRIO LUCIA DANIELA S/ CONSIGNACION
La sociedad actora promovió una consignación de sumas de dinero contra la demandada Luciana Daniela Cirio. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el desistimiento de la acción respecto de la demandada, por no vulnerar principios de orden público, e impuso las costas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
FARMACIA UOM LANUS S.C.S.
¿A quién se demanda?
CIRIO LUCIANA DANIELA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
proceso de consignación (CONSIGNACION).
¿Qué se resolvió?
homologación del desistimiento de la acción formulado por la parte actora respecto de la demandada, con costas en el orden causado (arts. 24 y 25 de la ley 15.057) y regulación de honorarios del letrado de la parte actora, Pablo Fernando Frassia, en 7 JUS ($372.624), más el 10% de aportes previsionales (arts. 16, 21 y 23 de la ley 14.967 y arts. 15, 21 y ccdts. de la ley 6.716).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el voto del Dr. Valcarce, al que adhirieron los Dres. Gabriele y Cáceres por compartir sus fundamentos, sostuvo textualmente: "Que el desistimiento de la acción formulado por la parte actora en relación a la demandada CIRIO LUCIANA DANIELA no viola ningún principio de orden público (art. 304 del C.P.C.C).-" Por ello, el voto propuso "la homologación del desistimiento de la acción", decisión que el bloque resolutivo final hizo suya en forma unánime.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
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