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Primera Instancia

MACIEL NORMA MABEL C/ WITTMANN CARLOS ALBERTO S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido incausado y cobro de rubros indemnizatorios contra quien alegó ser su empleador, por el cuidado personal de una persona mayor. El Tribunal del Trabajo N° 1 de Trenque Lauquen rechazó la demanda al considerar no acreditada la existencia de la relación laboral, pese a la rebeldía del demandado, e impuso las costas a la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
TL-2848-2023
Despido incausado Relacion de dependencia Carga de la prueba Rebeldia Confesion ficta Presuncion de exhibicion de libros Testimonial Cuidado personal Costas Honorarios

¿Quién es el actor?

Norma Mabel Maciel, quien invocó una relación de dependencia prestando tareas de cuidado personal de la madre del demandado, de lunes a sábados de 17:00 a 21:30 hs, desde el 25/01/2021.

¿A quién se demanda?

Carlos Alberto Wittmann, quien fue declarado rebelde por no contestar la demanda.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por despido incausado y demás rubros, con intereses y costas. Monto reclamado de $180.558,09.

¿Qué se resolvió?

rechazo íntegro de la demanda, imposición de costas a la actora y regulación de honorarios del letrado de la actora en siete (7) Jus arancelarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...Determinar la existencia de una relación de dependencia o subordinación laboral, así como la calificación del vínculo existente entre las partes; constituyen cuestiones reservadas a los magistrados de trabajo y, por lo tanto, no susceptibles de revisión en casación, salvo que se demuestre absurdo..." (cita de SCBA L 125849 S 23/02/2022).

"Ahora bien, el invocarse la existencia de una supuesta relación de linaje laboral; la pretensora fue quien asumió la carga de demostrar ese hecho -conf. art. 375 CPCC- (lo que incluye no solo el nexo de dependencia en sí, sino además, las particularidades y/o las modalidades atribuidas al mismo). No obstante, ninguna prueba se ha producido en autos tendiente a acreditar la existencia del nexo de subordinación invocado en la demanda. Esta orfandad probatoria -a mi criterio-, sella la suerte del juicio, en sentido adverso al reclamo en ciernes."

"...apreciar y definir los efectos de la rebeldía, constituye una facultad privativa del Tribunal del Trabajo, pues aquello sólo crea una presunción a favor de la veracidad del relato de los hechos que constan en la demanda, pero en modo alguno impone acceder, automática o mecánicamente, a las pretensiones del actor..." (cita de SCBA LP L. 117775 S 29/03/2017).

"...no existiendo ninguna prueba adicional que permita corroborar la circunstancia fáctica que se pretende tener por acreditada con la referida confesión ficta (existencia de la relación laboral), no aparece como absurda la decisión del sentenciante de apartarse de la misma..." (cita de SCBA LP L 88769 S 06/06/2007).

Respecto de la testimonial: la testigo Schap no vio a la actora realizando tareas, y el parentesco del demandado con la madre no basta para atribuirle la calidad de empleador en los términos del art. 26 LCT.

La presunción derivada de la falta de exhibición de libros contables no opera porque previamente no se acreditó que el demandado sea o pueda ser empleador.

Sobre costas: "El beneficio de gratuidad previsto en el art. 22 de la Ley 11.653 sólo puede beneficiar a quien logra demostrar, en un proceso determinado, la existencia de la relación laboral en base a la cual sustentó sus pretensiones..." (SCBA LP L 123922 S 07/03/2022).

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