PAROLI PORTANOVA CLAUDIA MARCELA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IP S/ AMPARO POR MORA
La actora promovió acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para obtener el pronto despacho de un trámite administrativo iniciado el 02-06-2026. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo nº 4 de La Plata hizo lugar a la pretensión y ordenó al organismo despachar el expediente dentro de 30 días, por vulnerarse los plazos del decreto-ley 7647/70 sin causa que justifique la demora.
¿Quién es el actor?
CLAUDIA MARCELA PAROLI PORTANOVA.
¿A quién se demanda?
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IPS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pronto despacho del expediente administrativo n° 021557-726272-0-26-000, iniciado el 02-06-2026, respecto del cual el organismo no se había expedido.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la acción de amparo por mora, ordenando al IPS despachar el expediente administrativo dentro de un plazo perentorio de 30 días desde la notificación, bajo apercibimiento de las sanciones que correspondan. Las costas se impusieron a la demandada vencida y se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la naturaleza y finalidad del juicio de amparo por mora no es otra que lograr el pronto despacho de las actuaciones administrativas que se estiman indebidamente dilatadas y, por ello, la resolución que se emita al respecto no implica expedirse sobre la cuestión de fondo que originara el pedido."
"...del informe acompañado se observa que el plazo en el cual la autoridad demandada debió realizar impulso útil del expediente administrativo se encuentra vencido."
"...habida cuenta que los principios procedimentales y los plazos aplicables al caso, contemplados en el artículo 77 del citado decreto-ley n° 7.647/70 se encuentran vulnerados y no advirtiéndose causa que justifique la demora, corresponde acoger la pretensión deducida."
"Cabe dejar sentado que este emplazamiento no implica abrir juicio acerca de la fundabilidad de la petición a decidir, ni sobre el contenido de la resolución administrativa que deba adoptarse."
El fallo también invoca el derecho a peticionar del art. 14 CN, el art. 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y el estándar de la Corte Interamericana sobre demoras prolongadas en procedimientos administrativos.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.