FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ POZZI VICTORIA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio contra Victoria Pozzi por una deuda de $1.539.062,10. El Tribunal, ante la falta de oposición de excepciones legítimas, mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital, con intereses desde la interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
POZZI, VICTORIA, intimada de pago en el domicilio de calle Berisso Nº 3470 de Guernica, Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS CON DIEZ CENTAVOS ($ 1.539.062,10), más intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (11/04/25) hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
habiendo sido la demandada intimada de pago y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, se le dio por perdido el derecho que dejó de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.) y se mandó llevar adelante la ejecución. Se impusieron las costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (art. 22 ley 13406 y arts. 1, 2, 9, 10 y concs. ley 14967 y modificatorias). Se tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido la demandada POZZI, VICTORIA intimada de pago en el domicilio de calle Berisso Nº 3470 de Guernica, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada POZZI, VICTORIA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado..."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
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