FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BIDART EDUARDO JORGE S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió una ejecución fiscal (apremio provincial) contra Eduardo Jorge Bidart por un capital de $765.986,80. Ante la falta de oposición de excepciones en término, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución con intereses desde la interposición de la demanda y con costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Eduardo Jorge Bidart (intimado de pago en el domicilio de calle República Nº 2103 de San Vicente, según mandamiento digital adjunto).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS ($765.986,80), con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (07/04/22) hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Habiendo sido intimado de pago y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, se dio por perdido el derecho que el demandado dejó de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). En consecuencia, se mandó llevar adelante la ejecución (arts. 540, 549 y concs. del C.P.C.C. y ley 13.406) hasta el íntegro pago, con costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (art. 22 ley 13.406 y arts. 1, 2, 9, 10 y concs. ley 14.967 y modificatorias). Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido el demandado BIDART, EDUARDO JORGE intimado de pago en el domicilio de calle República Nº 2103 de San Vicente, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PAFENOR SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON NOCHENTA CENTAVOS ($ 765.986,80)."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
- Ley 10.397 de Buenos AiresCódigo fiscal
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