JurisprudenciaARG
Primera Instancia

LUNA NESTOR ANIBAL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor, retirado de la Policía bonaerense, reclamó el pago de diez períodos de licencias anuales ordinarias no usufructuadas (LANU) conforme la ley 13.982 y el decreto 1050/09. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que sólo podían compensarse dinerariamente las licencias del último año calendario previo al cese y del año en que se produjo, siguiendo la doctrina de la SCBA en la causa Barrera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
77181
Licencia anual ordinaria no usufructuada Lanu Empleo publico policial Retiro activo Caducidad del derecho al descanso Acumulacion de licencias Decreto 387/2023 Decreto 1050/09 Compensacion pecuniaria Doctrina barrera scba.

¿Quién es el actor?

Néstor Anibal Luna, quien obtuvo el retiro activo como personal policial.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pago de las licencias anuales no usufructuadas (LANU) correspondientes a los últimos diez períodos, con actualización en los términos del art. 772 del CCyC e intereses, y declaración de inconstitucionalidad del decreto 387/2023.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la demanda en todos sus términos, con costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...sólo podían compensarse dinerariamente los días correspondientes al último año calendario antes del cese y los pertinentes al año en que este se produjo." "...la caducidad del derecho a gozar del mencionado descanso respecto de períodos anteriores determinó necesariamente la pérdida del derecho a obtener el consecuente resarcimiento pecuniario." "...la liquidación acompañada en el expediente administrativo resultaría acorde con lo expuesto por la normativa específica aplicable al caso, dado que al señor Néstor Anibal Luna se le liquidaron ... cuarenta y cinco (45) días correspondientes al año 2023/2024 y siete (07) días por el periodo 2024/2025." El Tribunal sostuvo que la normativa no admite "un régimen de acumulación indefinida de licencias", y que el decreto 387/2023 "quiso dar claridad" sobre un procedimiento que desvirtuaba la finalidad del descanso anual. Se cita la doctrina de la SCBA sobre el carácter del descanso anual como recuperación de fuerzas físicas y morales del trabajador y la nulidad de los acuerdos que impliquen su abandono.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.