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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE ARMSTRONG C/ RABITA YAMILA JULIETA S/ COBRO EJECUTIVO

La Municipalidad de Armstrong promovió juicio de cobro ejecutivo contra Yamila Julieta Rabita por la suma de $411.082,50 en concepto de deuda sustentada en sentencia administrativa firme. Ante la falta de excepciones opuestas por la ejecutada dentro del plazo legal, el Tribunal dispuso llevar adelante la ejecución con intereses a tasa activa del Banco Provincia de Buenos Aires desde el 27/09/2024.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 8 - AVELLANEDA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
3342
Cobro ejecutivo Ejecucion de sentencia administrativa Llevar adelante la ejecucion Falta de excepciones Preclusion Intereses tasa activa Costas Embargo Intimacion de pago Municipalidad de armstrong

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Armstrong.

¿A quién se demanda?

Yamila Julieta Rabita.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de la suma de $411.082,50, más intereses a la tasa activa de descuento a 30 días del Banco Provincia de Buenos Aires, desde la mora operada el 27/09/2024, fecha de vencimiento de la sentencia administrativa.

¿Qué se resolvió?

se dispuso llevar adelante la ejecución, imponer costas a la demandada vencida, diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación, convertir en ejecutorio el embargo dispuesto y tener por constituido el domicilio de la parte demandada en los Estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)". Y se resolvió "Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549, 556 y concs. del CPCC", con referencia a los precedentes de intereses citados en el fallo (CALZ, Sala I, Causa N°63606, 13/03/07, y Sala II, Causa N° 39804, 11/03/10).

Constancia: la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en calle Nicasio Oroño 6549, Wilde, Partido de Avellaneda.

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