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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PLATAS ADELAIDA S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió juicio de apremio contra Adelaida Platas por el cobro de deuda fiscal municipal. El Juzgado, ante la falta de oposición de excepciones en término, mandó llevar adelante la ejecución por la suma de $10.737, con más los intereses previstos en la Ordenanza Municipal aplicable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 4 (EX JCC N°1) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
66604
Apremio Titulo ejecutivo Ejecucion fiscal municipal Llevar adelante la ejecucion Falta de excepciones Perdida del derecho dejado de usar Intereses por ordenanza municipal Costas Honorarios diferidos Primera instancia

¿Quién es el actor?

Municipalidad de Lanús.

¿A quién se demanda?

Adelaida Platas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de capital de $10.737 más intereses conforme Ordenanza Municipal, en base a título ejecutivo.

¿Qué se resolvió?

Dado que la parte demandada, debidamente intimada de pago, no opuso excepciones legítimas dentro del plazo, se le dio por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 CPCC). En consecuencia, se resolvió llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, imponer costas a la demandada vencida (arts. 68 y 556 CPCC) y diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación (arts. 23 y 51 ley 8904).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PLATAS ADELAIDA S/ APREMIO', expte. n° 66604, y encontrándose la parte demandada debidamente intimada de pago según constancias del mandamiento glosado fs. 6, y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts.116 y 155 del CPCC).-"

"FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor PLATAS ADELAIDA haga a la acreedora Municipalidad de Lanús íntegro pago del capital que asciende a la suma de $10.737.- con más los intereses conforme la Ordenanza Municipal aplicable al caso conforme título ejecutivo de autos y hasta su efectivo pago."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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