MARTINEZ CRISTIAN ALEJANDRO Y OTROS C/ PEREZLINDO ANGEL RUBEN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, con objeto de obtener la reparación de los daños sufridos. Las partes arribaron a un acuerdo transaccional, que el Tribunal homologó, fijando honorarios y tasa de justicia sobre la base del monto acordado de $208.000.000.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ CRISTIAN ALEJANDRO y otros.
¿A quién se demanda?
PEREZLINDO ANGEL RUBEN y otro/a; la citada en garantía intervino a través de su apoderado Dr. NICOLAS ARRESE.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte (proceso por daños y perjuicios automotor, excluido el Estado).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal homologó el acuerdo transaccional arribado por las partes, imponiendo las costas conforme la cláusula quinta del acuerdo (art. 73 in fine CPCC). Tuvo presente la cesión de honorarios formulada por el apoderado actor (art. 10 ley 14.967), reguló honorarios al Dr. NICOLAS ARRESE por $547 JUS sobre una base regulatoria de $208.000.000, y reguló honorarios a la mediadora prejudicial Dra. Norma Casilda Carpanzano en 200,65 JUS. Intimó a los obligados al pago de la tasa de justicia, liquidada en $4.576.000, con más el aporte de la ley 8455, bajo apercibimiento de ejecución (art. 340 Código Fiscal).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta las constancias de autos, homológase el acuerdo al que han arribado las partes y de la que dan cuenta la presentación a despacho a la que me remito a todos sus términos (art. 308 del C.P.C.C.), debiéndose imponer las costas conforme lo expuesto en la cláusula quinta (art. 73 in fine del C.P.C.C.)."
"Tomando como base regulatoria la suma que surge del acuerdo arribado entre las partes ($208.000.000.-), regúlanse los honorarios del Dr. NICOLAS ARRESE ... en la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE (547) JUS, todo ello con más los aportes de ley y con más lo que prevé la ley 23349, si correspondiere (arts. 14, 15, 16, 25, 28, 54 y 57 de la Ley 14.967 y art. 73 inc. a) de Ley 5177)."
"De conformidad con lo dispuesto por el art. 31 del Dec. Reg. 600/2021, regúlanse los honorarios de la Dra. CARPANZANO, Norma Casilda Mediadora Prejudicial, ... en la suma de 200,65 JUS, con más el pago de los aportes previsionales e IVA de corresponder."
"Finalmente, informa la actuaria ... que en orden a lo normado por el art. 340 del Código Fiscal se procede a practicar la liquidación de tasa de justicia, correspondiendo abonar ... la suma de $4.576.000.- ... intímese a los obligados al pago en los términos del art. 340 del C. Fiscal, para que dentro del término de cinco días abonen la tasa de justicia correspondiente ... bajo apercibimiento de ejecución."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
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