JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CFN SA C/ GUBITOSI SILVINA ESTHER S/ COBRO EJECUTIVO

La actora CFN SA promovió ejecución de pagarés y mutuos contra Silvina Esther Gubitosi por la suma de $58.951,70. El Tribunal, ante la falta de oposición de excepciones en término, mandó llevar adelante la ejecución con intereses compensatorios, moratorios y punitorios liquidados según las pautas del Banco de la Provincia de Buenos Aires, con costas a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº11 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
93066-ELEC
Cobro ejecutivo Pagare Mutuo Excepciones no opuestas Llevar adelante la ejecucion Intereses compensatorios Intereses punitorios Limite tasa banco provincia Costas Art. 771 codigo civil y comercial.

¿Quién es el actor?

CFN SA.

¿A quién se demanda?

Silvina Esther Gubitosi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de pagarés de fecha 7/06/2019 y 15/05/2019, por un capital reclamado de $58.951,70, descontada la parte de capital puro de los pagos parciales denunciados ($12.580,56) sobre un total de mutuos de $71.532,26.

¿Qué se resolvió?

Se manda llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con más intereses liquidados hasta el efectivo pago, e impuestas las costas a la accionada vencida, difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad del art. 51 de la ley 14.967.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Analizada la documentación base de la presente ejecución se aprecia que los pagares de fecha 7/06/2019 y 15/05/2019 digitalizado mediante presentación de fecha 19/03/2021 y 26/08/2021 respectivamente, resultan títulos hábiles para su procedencia. (art. 518 CPCC)."

"Asimismo se advierte que el término que tenía la parte ejecutada para oponer excepciones se encuentra vencido... por lo que corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar y, conforme a lo dispuesto por los arts. 540, 541 y 549 del CPCC, debe sentenciarse en esta causa de remate mandando llevar adelante la ejecución."

"En tanto los intereses pactados no vulneren los principios superiores a que alude la norma del art. 771 del Cód. Civ. y Com. a aquellos habrá de estarse... De modo que en un principio no cabe apartarse de la 'ley de partes'."

"Tanto los intereses compensatorios, como punitorios, se aplicarán en la medida que su cálculo final no supere al conjunto de los intereses cobrados por el Banco de la Provincia de Buenos Aires a la tasa de moratorios y punitorios para sus operaciones activas en mora (art. 768 inc. a y 771 Cód. Civ. y Com.)."

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.