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Primera Instancia

GIMENEZ FERNANDO GABRIEL C/ SKY PRODUCTIONS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un presunto accidente de tránsito entre su motocicleta y una camioneta Ford Ranger, con citación en garantía de la aseguradora. El Tribunal rechazó la demanda por falta de prueba de la intervención del vehículo demandado en el hecho dañoso, dado que la pericia mecánica no pudo corroborar la existencia del siniestro ni los daños denunciados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-44435-2016
Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Art. 1113 codigo civil Carga de la prueba Pericia mecanica Citacion en garantia Falta de prueba de intervencion de la cosa Rechazo de demanda Costas.

¿Quién es el actor?

Fernando Gabriel Gimenez.

¿A quién se demanda?

Sky Productions S.A.; Igor Rudy Fernando Ulloa (declarado rebelde); La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, en su carácter de citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación de daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 29/06/2013 en la localidad de Martínez, con imputación de responsabilidad objetiva al dueño o guardián de la camioneta Ford Ranger dominio KHI-283 (art. 1113 del Código Civil).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal rechazó la demanda en todas sus partes e impuso las costas a la parte actora por su calidad de vencida, difiriendo la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En autos no se ha demostrado a mi juicio que el vehículo marca Ford, modelo Ranger dominio KHI-283 haya intervenido en los hechos narrados al demandar, ni que dicho vehículo haya producido los daños por cuya indemnización se pretende, atento la orfandad probatoria en la que se incurre en autos, no habiéndose producido prueba alguna en autos que permita tener por probada la intervención del vehículo señalado".

"...la prueba científica consistente en pericial mecánica, afirma que de acuerdo a los elementos a juicio aportados para el análisis, verificación de la dinámica vehicular de la intersección y del análisis llevado a cabo al contenido de los puntos II y III del presente informe, surge que no resultan coincidentes en cuanto a la real existencia del accidente, fecha, en que el mismo se produjo, en los rodados intervinientes, arterias por las que circulaban y en las circunstancias situacionales que lo provocaron, dada la negación procesal y la denuncia de que el vehículo estaba en otra provincia".

"Sobre la base de ello y dado no hay evidencia objetiva de vehículos dañados (no hay ni fotos de la moto ni del vehículo demandado), ni de evidencia de donde estaba el vehículo del demandado este perito no puede establecer una mecánica más probable, por falta de información."

"Por todo ello, no demostrada la intervención de la cosa -vehículo Ford, modelo Ranger dominio KHI-283- en la causación de los daños por cuya indemnización se reclama la demanda promovida se rechaza".

Asimismo, el Tribunal recordó que, conforme el art. 375 del CPCC, la carga de probar los presupuestos del art. 1113, 2do. párrafo, del Código Civil (daño, relación causal, riesgo o vicio de la cosa y calidad de dueño o guardián) recae sobre el actor, y que la demandada negó la existencia misma del hecho, alegando que el rodado se encontraba en la ciudad de Río Gallegos a la fecha del siniestro.

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