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Primera Instancia

OLIVIERI JUAN RUBÈN Y OTROS S/ SUCESION AB-INTESTATO

Las herederas de Juan Rubén Olivieri solicitaron la declaratoria de herederos en la sucesión ab intestato de María Margarita Guazzotti y de su hija Rosa Haydee Olivieri. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos sobrevivientes y a las sobrinas en representación de su padre premuerto, previa publicación de edictos y verificación de la documentación acompañada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-35740-2025
Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Universales herederos Representacion sucesoria Publicacion de edictos Art. 734 cpcc Art. 3410 codigo civil Bienes gananciales Sobrinos Conyuge superstite

¿Quién es el actor?

Andrea Martha OLIVIERI, Silvana Ethel OLIVIERI y Paula María OLIVIERI, quienes peticionan la declaratoria de herederos.

¿A quién se demanda?

No corresponde; se trata de un proceso sucesorio ab intestato sin demandado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaratoria de herederos de María Margarita Guazzotti (fallecida el 21/09/1993) y de Rosa Haydee Olivieri (fallecida el 14/09/2025).

¿Qué se resolvió?

Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de María Margarita Guazzotti le suceden como universales herederos sus hijos Juan Rubén Olivieri y Rosa Haydee Olivieri. Por el fallecimiento de Juan Rubén Olivieri, le suceden sus hijas Andrea Martha, Silvana Ethel y Paula María Olivieri, y su cónyuge Martha Ethel Fava en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre bienes gananciales. Por el fallecimiento de Martha Ethel Fava, le suceden sus tres hijas. Por el fallecimiento de Rosa Haydee Olivieri, le suceden sus sobrinas Andrea Martha, Silvana Ethel y Paula María Olivieri, en representación de su padre premuerto Juan Rubén Olivieri.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con el certificado de defunción agregado en pdf al escrito caratulado DEMANDA - SE PRESENTA (236600438027604145) se acredita el fallecimiento de MARÌA MARGARITA GUAZZOTTI, ocurrida el día 21/09/1993."

"Que de las constancias de autos surge que ENRIQUE ANGEL OLIVIERI falleció el 2/5/1989 y SANTIAGO LORENZO OLIVIERI falleció el 16/12/1979 con anterioridad a la causante de autos GUAZZOTTI."

"Según informa la Actuaria en este acto en los términos del art.116 del CPCC, se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC. se publicó en el día 23/07/2026, sobre cuyo resultado negativo también informa la Actuaria en este acto."

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410 y 3565 Código Civil -vigentes al momento del fallecimiento de la causante- y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros..."

Leyes que cita

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