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Primera Instancia

NAVARESE SUSANA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó un pedido de aclaración e integración de la declaratoria de herederos dictada en la sucesión ab-intestato de Susana Navarese, a fin de corregir el nombre del cónyuge premuerto, que figuraba como Edgardo cuando correspondía Eduardo Fernández García. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y ordenó rectificar el nombre en la declaratoria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 9 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-37975-2025
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Aclaratoria Integracion de resolucion Error material Conyuge premuerto Nombre Arts. 36 inc. 3? y 166 inc. 3? cpcc Procedimiento sucesorio

¿Quién es el actor?

La parte heredera, Navarese Susana, a través del escrito de aclaratoria.

¿A quién se demanda?

No se identifica demandado, por tratarse de un proceso sucesorio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aclaración e integración de la declaratoria de herederos dictada en los autos, respecto del nombre del cónyuge premuerto.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la aclaratoria y se ordena que, donde dice "Edgardo FERNANDEZ GARCIA", debe decir y leerse "Eduardo FERNANDEZ GARCIA", manteniéndose el resto de la declaratoria (matrimonio el 14/04/1989 y fallecimiento el 14/12/2000, con remisión a la causa conexa). Se dispone registrar en relación al NºRS 327/2026 y notificar electrónicamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: De conformidad con lo solicitado por la parte heredera en el escrito caratulado ACLARATORIA - SE SOLICITA (245700438029887141) y lo dispuesto por los arts. 36 inc. 3º y 166 inc. 3º del CPCC, aclárese e intégrese la declaratoria de herederos dictada en DECLARATORIA DE HEREDEROS / SE RESUELVE (239600438029576050) de los presentes autos, en el sentido que donde dice: '.. 2º) Que este había contraído matrimonio con Edgardo FERNANDEZ GARCIA el día 14/04/1989 quien falleciera el 14/12/2000 (ver causa conexa FERNANDEZ GARCIA EDUARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO) .-...', debe decir y leerse: '.. 2º) Que este había contraído matrimonio con Eduardo FERNANDEZ GARCIA el día 14/04/1989 quien falleciera el 14/12/2000 (ver causa conexa FERNANDEZ GARCIA EDUARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO) .-...'."

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