JurisprudenciaARG
Primera Instancia

ZDANOWICZ ARNOLDO ROBERTO C/ MONTARAZ INMOBILIARIO COMERCIAL E INDUSTRIAL S.A. Y OTRO/A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva vicenal (usucapión) sobre inmuebles de la Sección N, Manzana 245. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y precisó que la parte resolutiva de la sentencia del 28/11/2025 debe tener presente el plano de mensura N° 136-17-2016 y la nomenclatura catastral definitiva Circunscripción IV, Sección N, Manzana 245, Parcela 19a, que unifica las parcelas 19, 20 y 21.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-27974-2015
Aclaratoria Usucapion Prescripcion adquisitiva vicenal Plano de mensura Nomenclatura catastral Unificacion de parcelas Error material Art. 166 cpcc Art. 36 cpcc Primera instancia

¿Quién es el actor?

GALLI MIGUEL ANGEL.

¿A quién se demanda?

PIZZI CARLOS VICTORIO y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

prescripción adquisitiva vicenal (usucapión) de los inmuebles identificados en la sentencia dictada el 28/11/2025 (expediente 80/2025).

¿Qué se resolvió?

la letrada de la parte actora (Dra. VENZO Daniela Fernanda) solicitó aclaratoria el 30/09/2026. El Tribunal la admitió y ordenó que, en la parte resolutiva, se tenga presente el plano de mensura N° 136-17-2016, aprobado el 13/05/2016, del que surge la nomenclatura definitiva Circunscripción IV, Sección N, Manzana 245, Parcela 19a, correspondiente a la unificación de las parcelas 19, 20 y 21.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La aclaratoria es uno de los medios por los cuales las partes tratan de obtener que la sentencia cumpla la función de decidir el proceso con arreglo a las acciones deducidas, depurándola de errores materiales, oscuridades y omisiones, teniendo como límite la prohibición de alterar lo sustancial de la decisión" (SCBA. DJBA, v. 122, p. 157, cit. por Morello Augusto y otros, C. Civiles y Procesales Comentados, Tº II-C, pág. 277).

"...teniendo en cuenta lo que surge de las constancias de autos, de conformidad con lo dispuesto por el art. 36 inc. 3° y 166 inc. 1° del CPCC, aclárese que en la parte resolutiva de la sentencia dictada en fecha 28/11/2025, donde se consignan los inmuebles objeto de la prescripción adquisitiva, deberá tenerse presente el plano de mensura N°136-17-2016, aprobado con fecha 13/05/2016, del cual surge como nomenclatura catastral definitiva: CIRCUNSCRIPCIÓN IV, SECCIÓN N, MANZANA 245, PARCELA 19a, correspondiendo esta última a la unificación de las parcelas 19, 20 y 21 allí individualizadas."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.