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Primera Instancia

SANCHEZ CLAUDIO GUSTAVO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó la declaratoria de herederos de Claudio Gustavo Sánchez, fallecido el 6 de mayo de 2026 en Bahía Blanca, sin testamento ni juicio sucesorio previo. El Tribunal declaró herederos a sus hijas Julieta y Macarena Sánchez Alonso y a su cónyuge Edit Irene Alonso, esta última respecto de los bienes propios del causante y sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - BAHIA BLANCA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58717
Declaratoria de herederos Sucesion ab intestato Vocacion hereditaria Conyuge superstite Bienes propios y gananciales Intervencion fiscal Registro de testamentos Registro de juicios universales Arts. 2.433 y 498 c.c.yc.

¿Quién es el actor?

no se individualiza parte demandante, se trata de un procedimiento sucesorio ab intestato iniciado para la declaratoria de herederos.

¿A quién se demanda?

no corresponde, al tratarse de un proceso sucesorio sin contradictor.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaratoria de herederos de Claudio Gustavo Sánchez.

¿Qué se resolvió?

se declaró que por el fallecimiento de Claudio Gustavo Sánchez le suceden en carácter de herederos sus hijas Julieta Sánchez Alonso y Macarena Sánchez Alonso y su esposa Edit Irene Alonso, esta última en cuanto a los bienes propios del causante (arts. 2.433 y cctes. del C.C.yC.), sin perjuicio de los derechos que la ley acuerda sobre los bienes gananciales (art. 498 y cctes. del C.C. y C.). Se dispuso el cese de la intervención fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con el certificado de defunción adjunto con fecha 22/jun/2026 se justifica el fallecimiento del causante de autos CLAUDIO GUSTAVO SANCHEZ ocurrido el día 06 de Mayo de 2026 en Bahía Blanca."

"Que el causante era casado en primeras nupcias con Edit Irene Alonso por acto celebrado el día 17 de marzo de 1989 en Bahía Blanca, habiendo nacido de esta unión legal las hijas que viven y se llaman: Julieta Sanchez Alonso el día 11 de Julio de 1993 y Macarena Sanchez Alonso el día 21 de Marzo de 1995, ambas en La Plata, según así se justifica con las partidas de matrimonio y nacimiento adjuntas."

"Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos adjunto con fecha 04/sept/2026 se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales de fecha 02/jul/2026 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar."

Fundamento normativo: "de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2.424, 2.426, 2.433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires".

Leyes que cita

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