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Primera Instancia

VALENZUELA FELIPE HILARIO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramitó una sucesión ab intestato en la que se pidió la declaratoria de herederos de Elsa Nelida Yensen y de Felipe Hilario Valenzuela. El Tribunal declaró herederos universales a su hija Gabriela Fabiana Valenzuela y, respecto de Felipe Hilario Valenzuela, también a su cónyuge en lo que corresponde a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-35204-2025
Sucesion ab intestato Declaratoria de herederos Universales herederos Conyuge Gananciales Bienes propios Edictos Art. 734 cpcc Codigo civil y comercial Seguridad social

¿Quién es el actor?

Los peticionantes de la sucesión ab intestato (MO-35204-2025, "Valenzuela Felipe Hilario y otro/a s/ sucesión ab intestato"). El fallo no identifica por nombre a quien inició el trámite.

¿A quién se demanda?

No corresponde, al tratarse de un procedimiento sucesorio sin contraparte. Se publicaron edictos conforme al art. 734 inc. 1° del Código Procesal, con resultado negativo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaratoria de herederos de Elsa Nelida Yensen, fallecida el 16 de octubre de 2020, y de Felipe Hilario Valenzuela, fallecido el 7 de octubre de 2021.

¿Qué se resolvió?

Se acreditaron los fallecimientos, el matrimonio celebrado el 29 de noviembre de 1965 y la existencia de una hija, Gabriela Fabiana Valenzuela. Se declaró, sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Elsa Nelida Yensen le suceden como universales herederos su hija Gabriela Fabiana Valenzuela y su cónyuge Felipe Hilario Valenzuela, quien hereda además los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de sus derechos sobre los gananciales. Por el fallecimiento de Felipe Hilario Valenzuela le sucede como universal heredera su hija Gabriela Fabiana Valenzuela.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal se fundó en los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en los arts. 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial. Expresó en sus considerandos:

"Que con los certificados de defunción adjuntos en pdf al escrito de fecha 2/02/2026, se acreditan los fallecimientos de Elsa Nelida YENSEN ocurrido el día 16 de octubre de 2020 y de Felipe Hilario VALENZUELA ocurrido el 7 de octubre de 2021."

"Que éstos eran de estado civil casados quienes contrajeron matrimonio con fecha el 29 de noviembre del año 1965."

"Que de dicha unión nació: Gabriela Fabiana VALENZUELA."

"Que con los edictos agregados mediante constancia electrónica de fecha 5/09/2026, consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 1° del Código Procesal y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto."

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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